Se le reclama por presuntamente participar en el intento de asesinato con bomba de líderes religiosos en 2015
MADRID, 7 (EUROPA PRESS)
El hombre de nacionalidad india que es reclamado por su país de origen por presuntamente haber participado en un intento de asesinato con bomba de líderes religiosos en 2015 ha solicitado este martes al tribunal de la Audiencia Nacional durante la vista de extradición que no acuerden su envío a India porque le matarán “nada más aterrizar”.
Así se ha pronunciado desde los juzgados de Badalona Mehenga Singh en su turno de última palabra. En idioma indi, la Audiencia Nacional ha facilitado traductor, ha explicado que en su país de origen se van a vulnerar sus derechos fundamentales porque le condenarán a pena de muerte y ha lamentado que esto será así porque profesa una religión distinta a la que tiene el partido que en estos momentos ostenta el Gobierno de la nación. Además, ha subrayado que los hechos que le imputan “son mentira” y se basan en problemas entre las distintas religiones.
Mehenga Singh, ataviado con turbante blanco, ha permanecido durante toda la vista en actitud continua de rezo, con las palmas de la manos unidas a la altura de su pecho. Se le reclama por formar parte de un grupo que trató de perpetrar atentados por medio de la colocación de una bomba en las celebraciones del festival de música sagrada ‘Hari Vallabh Sammelan’, que se iba a celebrar en la ciudad de Jalandhar, en el estado indio de Punyab.
El escrito del Ministerio Fiscal, al que tuvo acceso Europa Press, señalaba que era procedente enviarle, cunmpliendo así con la orden internacional de detención emitida por las autoridades judiciales de India en enero de 2022.
Según el relato de hechos que recoge el informe del fiscal, Mehenga Singh formaba parte de ese grupo que pretendía matar al actual jefe de la comunidad religiosa Namdari, Satguru Uday Singh, y al suboficial de la líder religiosa Mata Chand Kaur, Sant Jagtar Singh.
Singh y otros investigados proporcionaron material explosivo para la fabricación de tres bombas ‘tiffin’ a otros miembros del grupo. De hecho, una de ellas explotó cuando estaba siendo manipulada por uno de ellos, y provocó su muerte.
PERSECUCIÓN POLÍTICA
Pero su defensa, en la vista de este martes, ha sostenido que esa imputación es “falsaria” y se ha opuesto a la extradición porque hay riesgo de tratos inhumanos y degradantes ya que India no ha firmado diferentes acuerdos internacionales relativos a la protección de los derechos humanos. Añade que sobre su representado pende una persecución política y religiosa porque “el Gobierno es de la facción enemiga y rival” de la facción ‘sij’ de su cliente.
A esto ha sumado que Mehenga Sigh ha solicitado ya el asilo a España, algo que podría invalidar la entrega en caso de que sea aprobada por el Gobierno, que cuenta con número de la Seguridad Social y un certificado de estudios. Todo ello, ha añadido, da fe de que está integrado y forma parte “de la sociedad democrática española”.
El fiscal, sin embargo, ha insistido en su exposición en que debe acordarse la extradición, y ha señalado que la alegación de la defensa de que hay persecución política y religiosa “es genérica”. Entiende que no se produce “una transmutación de delitos de carácter político en otros de carácter común”.
NO SE APLICARÁ LA PENA DE MUERTE
Cabe recordar que ya en su escrito , el Ministerio Público apuntaba que los delitos que se le imputan en India se corresponden con los delitos de pertenencia a organización criminal, conspiración para cometer delito de asesinato, tenencia o depósito de sustancias o aparatos explosivos y homicidio imprudente, todos ellos del Código Penal español.
Así, resaltaba que se cumple con la doble incriminación –que los hechos estén penados también en España–, y que se sobrepasa el mínimo punitivo para cumplir la extradición –que está fijado en un año–.
No obstante, sí advertía de que dado que la India contempla penas para la conspiración para cometer delito de asesinato que van de la reclusión perpetua a la pena de muerte, si se concede la extradición deberá condicionarse a que por parte de ese país se preste la garantía previa de que la pena de muerte no será aplicada. En caso de ser condenado a cadena perpetua, exigen que ésta no sea predeterminada de antemano ni suponga la pena privativa de libertad incondicional e invariable de por vida, y que podrá llegar a ser objeto de revisión.
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