PUERTO DEL ROSARIO (FUERTEVENTURA), 28 (EUROPA PRESS)
SEO/BirdLife ha pedido al Cabildo de Fuerteventura no declarar de interés insular el proyecto Dreamland, ciudad cinematográfica de Fuerteventura, ya que indican que podría afectar a aves protegidas como el guirre, la hubara o el cuervo, tres subespecies endémicas catalogadas.
Desde esta organización se oponen a la declaración de interés del proyecto Dreamland, al tiempo que avisa sobre el uso de esta figura para sortear las limitaciones que impone la ordenación territorial, agregando que la zona donde se ubica el proyecto “es de alto valor ambiental y alberga especies protegidas”, según ha informado SEO/BirdLife en nota de prensa.
Señala que el proyecto Dreamland se sitúa en una zona que es hábitat de, al menos, una treintena de especies de aves, entre ellas tres subespecies endémicas que han sido catalogadas como En Peligro de Extinción: la hubara canaria (Chlamydotis undulata fuertaventurae), el cuervo canario (Corvus corax canariensis) y el alimoche o guirre (Neophron percnopterus majorensis).
Asimismo apunta que el proyecto se localiza a unos 440 metros de los espacios protegidos de Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) ‘Dunas de Corralejo e Islas de Lobos’, la Zona Especial de Conservación (ZEC) ‘Corralejo’ y el Parque Natural ‘Corralejo’.
En cuanto a la subespecie endémica catalogada como en peligro de extinción, la hubara canaria (Chlamydotis undulata fuertaventurae) apuntan que forma parte de la avifauna nidificante de Fuerteventura. También figura en el Anexo I de la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de noviembre de 2009 relativa a la conservación de las aves silvestres.
Añade que los estudios más recientes han constatado un “declive acusado” de la misma, principalmente en la isla de Fuerteventura, y en particular en las proximidades de la zona donde se prevé desarrollar el proyecto Dreamland.
Por otro lado, expone que respecto de las especies mencionadas previamente, la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad establece que existe la obligación por parte de la administración, en el ámbito de sus respectivas competencias, de adoptar las medidas necesarias para garantizar la conservación de la biodiversidad que vive en estado silvestre, atendiendo preferentemente a la preservación de sus hábitats y estableciendo regímenes específicos de protección para las especies silvestres cuya situación así lo requiera.
En cuanto a los espacios protegidos potencialmente afectados recuerda que la normativa europea exige a todos los Estados miembros que tomen las medidas adecuadas para evitar, dentro de las ZEPA, la contaminación o el deterioro de los hábitats, así como las perturbaciones que afecten a las aves.
También fuera de las zonas de protección ha quedado regulada la obligación de no deteriorarlas. La Unión Europea exige que aunque un proyecto se vaya a ejecutar fuera de un área protegida, no afecte a los valores que justificaron su designación.
Por otro lado, cita la ley del suelo de Canarias para indicar que la misma prevé que determinados proyectos puedan ser declarados de interés insular y puedan ser ejecutados “aunque la ordenación territorial no lo permita” pero es necesario que se den determinadas condicionantes.
En concreto, tienen que existir circunstancia sobrevenidas o actuaciones urgentes y “solo cuando no existan alternativas viables”. En la práctica aseguran que “ninguno de estos condicionantes se da”, por lo que se considera que “no se justificaría la legalidad de la declaración de utilidad insular de este proyecto”.
Finalmente, matiza que debido a la naturaleza del proyecto, que consiste en una iniciativa privada con “limitada capacidad de generar un impacto beneficioso” en el conjunto de la población de la isla o en una proporción “significativa” de la misma, y siendo las repercusiones ambientales “negativas muy superiores”, SEO/BirdLife ha solicitado por escrito al Cabildo de Fuerteventura que no sea declarado de interés insular.
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