MADRID, 24 (SERVIMEDIA)
La vicepresidenta tercera y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera, aseguró este martes que para seleccionar las ubicaciones de las plantas eólico marinas en aguas españolas se buscarán los territorios costeros donde haya “mejor acogida”.
Ribera hizo esta manifestación en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, que aprobó el real decreto por el que se regula la producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables ubicadas en el mar, el marco normativo de referencia para desarrollar este tipo de instalaciones de un modo participativo y flexible en España.
El objetivo del ejecutivo es maximizar sus externalidades positivas, como la generación de empleo e industria, a la vez que se minimicen los impactos ambientales. El decreto afecta a las instalaciones eólicas marinas y a otras energías renovables que se puedan ubicar en el mar o que aprovechen su energía, como la undimotriz, y establece una excepción al ámbito liberalizado de la generación eléctrica.
De esta manera, garantiza, mediante concursos, que sólo se materializarán las instalaciones eólicas marinas en las Zonas de Alto Potencial (Zaper) identificadas para ello en los Planes de Ordenación del Espacio Marítimo (POEM). Esas zonas representan el 0,46% del dominio marítimo español.
Estos procedimientos de concurrencia competitiva permitirán otorgar a la vez el Régimen Económico de Energías Renovables, la reserva de capacidad a la red de electricidad en un nudo concreto y la prioridad en el otorgamiento de la concesión de ocupación del Dominio Público Marítimo-Terrestre.
Los proyectos, en todo caso, seguirán sometiéndose a los requisitos ordinarios, como obtener una Declaración de Impacto Ambiental positiva o cumplir hitos y plazos de
Adicionalmente, atendiendo a la gran complejidad de los proyectos en el mar, la norma establece una fase de diálogo público entre los promotores y los sectores afectados para incrementar las externalidades positivas, el desarrollo industrial de las regiones costeras próximas y la coexistencia de las instalaciones de generación con otros usos de las aguas, como la navegación.
Cada procedimiento de concurrencia competitiva estará regulado por una orden ministerial que incluirá elementos como el área de las Zaper donde se van a ubicar las instalaciones y los nudos de conexión, el cupo de potencia, los parámetros retributivos o el plazo de concesión. Entre otros criterios de
adjudicación se podrán incluir la minimización del impacto ambiental y del espacio ocupado, la generación de empleo local, el uso de materiales reciclados o medidas para favorecer la compatibilidad con otros sectores, como la pesca. Hasta un 30% de los criterios no tendrá carácter económico.
Tras la celebración de este diálogo, otra orden ministerial convocará el concurso, estableciendo el calendario y otros elementos, y podrá incluir modificaciones de los parámetros y criterios derivadas del diálogo público celebrado.
La evaluación de las solicitudes le corresponderá a una comisión técnica integrada por Transición Ecológica y otros departamentos implicados, como el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, el Ministerio de Defensa o el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
La participación en el procedimiento de concurrencia competitiva no se requerirá para el desarrollo de determinadas instalaciones renovables marinas innovadoras ni para aquellas ubicadas en los Puertos de Interés General del Estado, que seguirán el procedimiento de tramitación ordinario.
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