MADRID, 04 (SERVIMEDIA)
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha abierto a observaciones de los colectivos implicados el proyecto de decreto con el que pretende regular el uso y bienestar de los perros de asistencia, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley de protección de los derechos de los animales para lo no previsto en normativa específica.
Según subraya el Ministerio, la ley define el perro de asistencia como “aquel que, tras superar un proceso de selección, ha finalizado su adiestramiento en una entidad especializada y oficialmente reconocida u homologada por la administración competente, con la adquisición de las aptitudes necesarias para dar servicio y asistencia a personas con discapacidad, así como perros de aviso o perros para asistencia a personas con trastorno del espectro autista”.
Así, establece que el acceso a medios de transporte, establecimientos y espacios públicos de perros de asistencia “no será discrecional ni se incluirán en los cupos de acceso en el caso de que los hubiera, llevándose a cabo conforme a su legislación específica, y garantiza su acceso a cualquier espacio acompañando a la persona a la que asistan. “Es, por tanto, necesario desarrollar las especificidades sobre esta materia por una regulación específica”, precisa el Ministerio.
La normativa específica actual a nivel estatal se remite al Real Decreto 3250/1983, de 7 de diciembre, “por el que se regula el uso de perros-guía para deficientes visuales”, que se alineaba con la línea marcada por los textos nacionales e internacionales de aquel momento, y tenía como propósito fundamental facilitar a las personas ciegas y con discapacidad visual los medios adecuados que les permitieran mayor movilidad, cierta independencia e inclusión social, poniendo en valor la singular importancia de los perros-guía en este cometido.
“Sin embargo”, entiende el Ministerio, “desde la entrada en vigor del citado real decreto, han sido múltiples los cambios normativos y los avances tanto en materia de derechos de las personas con discapacidad, como en materia de derechos y el bienestar de los animales, que hacen necesaria la aprobación de una nueva norma específica”.
El proyecto de real decreto tiene nueve artículos, una disposición adicional, una disposición derogatoria y tres disposiciones finales, y persigue “actualizar la regulación en una materia que lo requiere, progresando en la protección de las personas con discapacidad y de los perros de asistencia”. Además, el Ministerio precisa que se adecúa al principio de proporcionalidad, es coherente con el resto del ordenamiento y cumple el principio de transparencia.
Añade que el texto ha sido informado por el Consejo Nacional de Discapacidad y consultado a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla en el Consejo Territorial de Servicios Sociales y Atención a la Dependencia.
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