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Reducir el IVA al 10% en los equipos sanitarios podría disminuir el gasto público en más de 800 millones de euros, según un informe

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MADRID, 27 (EUROPA PRESS)

El establecimiento de un impuesto sobre el valor añadido (IVA) reducido del 10 por ciento para los equipos sanitarios conllevaría una reducción del gasto público de más de 800 millones de euros y, si se estableciera un tipo superreducido del 4 por ciento, el ahorro de gasto público podría ser de más de 1.300 millones de euros, según el informe ‘Los tipos reducidos en el Impuesto sobre el Valor Añadido. Un ejemplo de su aplicación en los productos de tecnología sanitaria’, en el que se analiza la conveniencia reducir el IVA en determinados bienes y servicios.

Actualmente, según revela este informe presentado por el presidente del Instituto de Estudios Económicos, Íñigo Fernández de Mesa, España es de los países de Europa con una mayor carga impositiva en materia de productos sanitarios, cuyo IVA es más elevado que en la mayoría de los países del entorno, situándose en los tramos más altos junto con países como el Reino Unido, Francia o Alemania.

Por ejemplo, el informe muestra que el IVA para los instrumentos de otorrinolaringología en España es del 21 por ciento, frente al 19 por ciento de Alemania, el 20 por ciento de Francia o el seis por ciento de Bélgica.

De esta manera en España se mantiene en la actualidad el tipo general del 21 por ciento a la mayor parte del equipamiento médico y sanitario, a excepción del destinado a la atención a la discapacidad, que sí está sujeto al 10 por ciento. Otros países como Italia, Francia, Portugal, Alemania, Polonia o los Países Bajos ya están aplicando tipos reducidos de entre el 4 y el 9 por ciento de IVA en sus dispositivos médicos y sanitarios, lo que está generando desigualdad y una situación desfavorable de los consumidores de servicios sanitarios en España con relación al conjunto de la Unión Europea.

El sistema público de salud es el principal comprador de equipos y productos sanitarios, por lo que el mantenimiento de un tipo elevado de IVA en la adquisición de material sanitario afecta especialmente a la sanidad pública, elevando su coste para el administrado y dificultando para el Estado la compra de equipos de última tecnología.

Según el informe, si el sistema sanitario público español no tuviera estos tipos mayores en el IVA para este sector, pero que no rigen en otros países europeos, podría liberar estos recursos para aumentar la cantidad y la calidad ofertada en los servicios públicos sanitarios, renovando los equipos más obsoletos para incorporar las tecnologías más punteras e invirtiendo en una mayor disponibilidad de equipos que permitiera aumentar la eficiencia en la prestación de servicios público.

Estas mejoras supondrían la reducción de las listas de espera y mejora de la equidad territorial en la provisión de estos servicios, lo que incidiría, especialmente, en la población más vulnerable.

De igual forma, el informe recalca que, en un contexto en el que el sector sanitario privado está llamado a atender a un mayor número de pacientes, por el incremento del aseguramiento y por los conciertos de colaboración público-privada, parece un “contrasentido” dificultar, mediante un tipo elevado de IVA, la reinversión en innovación tecnológica y sanitaria para el sector sanitario privado, lo que “dificulta el derecho de todos los ciudadanos para tener acceso a técnicas diagnósticas o terapéuticas de alta complejidad”.

Adicionalmente, esta reducción del IVA aumentaría la renta disponible de los hogares españoles en un orden de más de 300 millones de euros al año (con el tipo reducido del 10%), beneficiando la medida en mayor proporción a los colectivos con un menor nivel de renta. Con el tipo superreducido del cuatro por ciento, la mejora de renta de las familias podría ser de más de 500 millones de euros.

“Los bienes preferentes y la sanidad, que sin duda alguna es uno de ellos, deben tener una consideración singular en el sistema fiscal. Para ello es importante que se graven de forma consecuente con su circunstancia de bienes de mérito, ya que ello mejora el bienestar social, cuando se analiza desde una perspectiva global de equidad y de eficiencia, y no con simplificaciones que no recogen la totalidad de aspectos necesarios para tener un sistema fiscal óptimo también en este tipo de bienes”, declara el informe.


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