Inicio España Redondo se lamenta de que la resolución del TS sobre gestación subrogada...

Redondo se lamenta de que la resolución del TS sobre gestación subrogada blanquee esta forma de violencia hacia las mujeres

0

MADRID, 22 (EUROPA PRESS)

La ministra de Igualdad, Ana Redondo, ha lamentado que la resolución del Tribunal Supremo relativa a la gestación subrogada “blanquee esta forma de violencia hacia las mujeres”, al autorizar que los padres de niños nacidos en el extranjero por gestación subrogada –también conocido como ‘vientre de alquiler’, método no permitido en España– puedan modificar el Registro Civil para poner el domicilio familiar como lugar de nacimiento.

“Tras analizar detenidamente la sentencia del Tribunal Supremo relativa a la gestación subrogada, respetando la independencia del poder judicial, lamento que la resolución blanquee, a través del registro civil, esta forma de violencia hacia las mujeres que está prohibida en España”, ha escrito Redondo este domingo en su cuenta de X.

En la resolución la Sala de lo Civil del TS da la razón a los padres de un menor nacido en Ucrania por gestación subrogada, cuya filiación paterna es la biológica y la filiación materna es adoptiva del cónyuge del padre biológico.

Esos padres, al pedir el traslado de la inscripción de nacimiento del menor desde el Registro Civil Central al Registro Civil de su domicilio, solicitaron que se cambiara la mención del lugar de nacimiento del menor por el de su domicilio.

El Registro Civil se negó, una decisión que fue ratificada por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, pero los padres presentaron una demanda de oposición que fue desestimada en primera instancia y en apelación, por lo que decidieron recurrir en casación ante el Supremo.

Los magistrados estiman en su sentencia el recurso de los padres, al considerar aplicables por analogía los preceptos de la Ley del Registro Civil vigente en aquel momento que permitían, en el caso de la adopción internacional, el cambio de la mención del lugar de nacimiento del menor en un país extranjero por el del domicilio de los padres adoptivos.


- Te recomendamos -