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Puigdemont se apoya en la sentencia del TJUE para volver a pedir al Supremo que envíe su caso a un juzgado de Barcelona

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Pide también que si rechaza esta pretensión al menos descarte procesarle también por desórdenes públicos

MADRID, 2 (EUROPA PRESS)

La defensa del ex presidente catalán Carles Puigdemont ha vuelto a solicitar al Tribunal Supremo (TS) que se declare incompetente para la causa del ‘procés’ y, en consecuencia, la envíe a un juzgado de instrucción de Barcelona, apoyándose para ello en la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), si bien, contando ya con que el TS lo rechace, pide que al menos desestime las peticiones de Fiscalía y Abogacía, que instan a procesarle también por desórdenes públicos.

En un escrito de este mismo jueves, al que ha tenido acceso Europa Press, la defensa solicita al instructor del ‘procés’, el magistrado del TS Pablo Llarena, que se inhiba a favor del Juzgado de Instrucción de Barcelona que por turno corresponda.

“Se puede acordar en el sentido de carecer de competencia ahora o esperar a que esto sea determinado por alguna autoridad de ejecución de otro Estado miembro que, sin duda, acatará lo establecido en la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 31 de enero de 2023, o, peor aún, esperar a que así lo dictamine el Tribunal Europeo de Derechos Humanos”, plantea.

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No obstante, anticipando ya un rechazo, reclama a Llarena que desestime los recursos de reforma presentados por Fiscalía y Abogacía del Estado, donde piden al instructor que, además de por desobediencia y malversación agravada, persiga a Puigdemont por un delito de desórdenes públicos.

El ex president funda sus peticiones en “lo obrante en las actuaciones” y “las normas de aplicación” pero también en “lo establecido por la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea”, con la que la corte comunitaria respondió a las preguntas planteadas por Llarena para aclarar el alcance de las euroórdenes dictadas contra los prófugos del 1-O.

El TJUE dio la razón a Llarena al sentenciar que la Justicia belga no puede rechazar la entrega de los encausados por el ‘procés’ basándose en el riesgo de que se violen sus derechos fundamentales, si no demuestra deficiencias sistémicas y generalizadas en España, ni puede poner en duda las competencias del Supremo como autoridad para emitir tales euroórdenes.

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