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Propuesta de Sumar: exenciones de IRPF en las ayudas para rehabilitar viviendas de familias vulnerables

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MADRID, 26 (EUROPA PRESS)

Sumar ha registrado una proposición no de ley en el Congreso de los Diputados para pedir que se concedan exenciones de IRPF a las familias vulnerables que pidan ayudas públicas para rehabilitar sus viviendas por condiciones de habitabilidad, conservación, seguridad, accesibilidad e implantación de ascensores.

En su propuesta, que se ha registrado para su debate en la Comisión de Vivienda, el grupo plurinacional señala que se han comprobado los “efectos disuasorios” que tiene el actual sistema de tributación para solicitar las ayudas públicas de rehabilitación de edificios de viviendas en la población que más necesitada está de este apoyo.

En concreto, Sumar expresa que los efectos tributarios de esas subvenciones en las comunidades propietarios generan “importes elevados” que pagar en las declaraciones de la renta de familias en situación de vulnerabilidad. La formación subraya que esto provoca que los edificios con población vulnerable no accedan a las políticas públicas de subvención de rehabilitación por los efectos fiscales que generan en las familias que los habitan, a pesar de ser las más necesitadas de estas ayudas públicas.

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A su vez, la coalición liderada por Yolanda Díaz indica que esta situación perjudica también al sector de la rehabilitación y a la generación de empleo al reducirse el número de intervenciones, así como a la recaudación del Estado por el IVA de esas obras que no se realizan.

En este escenario, Sumar plantea modificar el decreto de 2021 de medidas para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria, para establecer la no inclusión en la base imponible del IPRF de las subvenciones y ayudas concedidas por las administraciones públicas, ya sea directamente a las familias o a través de su comunidad de propietarios, para actuaciones de rehabilitación de edificios de vivienda habitual.

La idea es que de esta exención se beneficien familias en riesgo de exclusión social o con ingresos ponderados inferiores a tres veces el IPREM, familias que tengan su vivienda habitual en una zona desfavorecida así delimitada por su ayuntamiento o comunidad autónoma o familias con uno de sus miembros con movilidad reducida.

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