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Organizaciones alertan al Gobierno de que su proyecto de ley de denunciantes puede perjudicar a los propios informantes

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Envían un decálogo al Ejecutivo y a los grupos parlamentarios para mejorar el texto

MADRID, 14 (EUROPA PRESS)

Un total de 25 organizaciones han enviado al Gobierno y a los grupos parlamentarios un documento con diez medidas para que se modifique el proyecto de ley de protección a denunciantes de corrupción y se garantice su anonimato, puesto que el actual texto, bajo su punto de vista, puede acarrear justo el efecto contrario, es decir, perjudicar y hacer peligrar la seguridad de los informantes.

En un comunicado recogido por Europa Press, organizaciones como Hay Derecho, Access Info, Xnet o Transparencia Internacional España recuerdan que los ‘whistleblowers’ –como se conoce a los denunciantes– llevan casi tres años pendientes de que se apruebe una ley “que los proteja”. La Unión Europea (UE) fijó en diciembre del año pasado la fecha límite para incorporar al ordenamiento jurídico español la directiva europea en 2019 sobre esta materia.

Ayer, el Consejo de Ministros aprobó en segunda vuelta el proyecto de ley que regula la protección de los denunciantes y que exige a los partidos tener un canal interno de denuncias, transponiendo así la directiva europea conocida como ‘whistleblowing’. Así, España envía un mensaje a la sociedad de “lucha contra la corrupción”, afirmó su portavoz, Isabel Rodríguez.

Los promotores del decálogo de mejoras consideran que, tal y como está por ahora redactado, el proyecto de ley “puede resultar en perjuicio de los propios informantes”, por lo que reclaman con carácter “urgente” al Gobierno que modifique el texto en cuestión.

En primer lugar, las recomendaciones plantean ampliar y definir de forma clara el ámbito material de aplicación de la norma, para que se incluya una categoría más extensa de actuaciones y omisiones a todos los ámbitos y se aclare la definición de interés público.

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A continuación, apuestan por eliminar cualquier condicionalidad con respecto a la motivación de quien informa, para que se estudie cualquier “creencia razonable en la veracidad de la información”, con independencia de que las personas que denuncien tengan o no una relación laboral con la organización sobre la que se alerta.

También abogan por garantizar la libertad de quien informa para elegir el canal más adecuado para comunicar los hechos sin establecer una prioridad entre ellos. “Al no proteger a los informantes que elijan un canal no institucional, se limita la libertad de información y la protección de sus fuentes”, destacan.

En el cuarto punto, las organizaciones instan al Ejecutivo a proteger que las personas que informen no sufrirán represalias y tendrán inmunidad frente a responsabilidades derivadas de las acciones que hayan sido necesarias para informar sobre los hechos.

Acto seguido, los promotores de estas mejoras hacen hincapié en la necesidad de ampliar la definición de represalia, para que se incluyan daños, tratamiento injusto, coerción, intimidación, discriminación o desventaja, “suprimiendo la limitación temporal de dos años o la referencia a que ocurran” durante la investigación.

INDEPENDENCIA DE LA AUTORIDAD DE PROTECCIÓN

Emplazan, asimismo, a introducir medidas más contundentes para proteger a los informantes como facilitar asistencia jurídica especializada, gratuita y continuada, así como apoyo psicológico, cobertura médica y garantías para asegurar las condiciones económicas y materiales de los denunciantes y de sus familiares sin limitaciones. “Deberá incluirse la aplicación del principio de indemnidad, proporcionando vías de recurso e indemnización íntegra de los daños y perjuicios sufridos”, se indica en el documento.

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Como séptima recomendación, apuestan por garantizar una protección continua sin restricciones en el tiempo, también para los facilitadores y organizaciones que ayuden a los informantes.

Además, el decálogo incide en ampliar la inversión de la carga de la prueba a todos los supuestos en que se sufra una represalia y no solo en los procedimientos laborales, para que sean más fáciles a los denunciantes las medidas cautelares o provisionales en su favor.

En el penúltimo punto, las organizaciones resaltan la importancia de garantizar el anonimato de los informantes que así lo quieran tanto antes como después del procedimiento con independencia del canal que hayan escogido para alertar de hechos.

Por último se incluye asegurar la autonomía de la Autoridad Independiente de Protección del Informante para que la designación en un proceso “abierto y transparente” su dirección, su financiación y la participación de la sociedad civil, así como que se especifiquen las capacidades de investigación de este organismo.

Con estas modificaciones a la propuesta del Gobierno, los firmantes, entre los que hay organizaciones radicadas en República Checa, Serbia o Canadá, aspiran a que la normativa sea “realmente efectiva y ambiciosa, adecuada a buenas prácticas internacionales y en cumplimiento de lo establecido por la directiva” europea.

TAMBIÉN EN PARTIDOS POLÍTICOS

Ya el pasado mes de marzo, el Gobierno –en primera vuelta– dio luz verde a la nueva normativa que ampara la figura de los informantes contra represalias y por la que las empresas públicas, privadas y los municipios deberán implantar un sistema de información confidencial y seguro. El texto contempla sanciones económicas de hasta un millón de euros en los casos más graves.

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El objetivo de este proyecto es proteger a quienes informen sobre corrupción o fraudes y violaciones del Derecho de la UE y del ordenamiento jurídico interno, estableciendo canales protegidos de comunicaciones y la prohibición de cualquier represalia contra ellos, según recordó la ministra de Justicia, Pilar Llop, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de este martes.

La titular de Justicia, además, subrayó que el texto contempla sanciones de hasta un millón de euros para quienes adopten represalias contra las personas que denuncien un hecho. Según indicó, también se sancionarán a quienes presenten denuncias a conciencia de que son falsas. En concreto, la ministra destacó multas de hasta 300.000 euros, en el caso de personas físicas, y de millón de euros en el caso de las personas jurídicas.

A su vez, puntualizó que el proyecto de ley establece la obligación de disponer de canales internos de información tanto para empresas, con más de 50 trabajadores, como para las personas jurídicas del sector privado que tengan entre 50 y 249 trabajadores y que así lo decidan; estos podrán compartir entre sí el sistema interno de información y los recursos destinados a la gestión y tramitación de las comunicaciones, tanto si la gestión del sistema se lleva a cabo por la propia entidad como si se ha externalizado, respetándose en todo caso las garantías previstas en esta ley.

Igualmente, estarán obligados a contar con un sistema interno de información para denunciantes todos los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, así como las fundaciones que dependan de estos, siempre que gestionen fondos públicos.


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