MADRID, 13 (SERVIMEDIA)
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) se ha dirigido a ocho compañías aéreas españolas, Iberia, Iberia Express, Air Europa, Iberojet, Plus Ultra, Volotea, Wamos Air y World2fly, en relación con la obligatoriedad de pago con tarjeta de crédito que exigen en sus vuelos, norma que ve “injustificada y abusiva”, y les ha exigido que acepten el pago en efectivo, tal y como establece la normativa de aplicación.
Así lo anunció este jueves la asociación en un comunicado en el que les reclamó que “respeten” los derechos de los consumidores y “cumplan con la ley, sin necesidad de mediar denuncia ante las autoridades de consumo”.
A este respecto, advirtió de que la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios se modificó “expresamente” para considerar como una “infracción” en materia de consumo la “negativa” a aceptar el efectivo como medio de pago.
En concreto, recordó que dicha modificación, que entró en vigor el pasado 28 de mayo, sanciona con multas de entre 150 y 100.00 euros la “limitación” a los consumidores a utilizar un determinado método de pago.
“Esta imposición puede ser calificada como infracción leve o incluso como grave, si la autoridad competente considera que, dentro de la aeronave, las necesidades de los consumidores no se pueden cubrir de otra manera”, sentenció la organización, para defender que, además, “ya no existen razones sanitarias ni de otra índole” que “justifiquen” la “limitación” de uso del efectivo.
Todo ello, a su entender, desemboca “en una situación en la que se genera una especial vulnerabilidad hacia el consumidor, que no tiene más remedio que aceptar esa condición si quiere acceder a algún producto de alimentación durante su trayecto”.
La organización estimó que mantener esa obligación de método de pago supone “actuar en contra de la normativa de aplicación y de las buenas prácticas comerciales que han de regir todo acto de comercio”.
Por esta razón, se dirigió a estas ocho compañías aéreas españolas para que procedan a la “remoción” de esta medida “de manera voluntaria” antes de presentar su denuncia a la correspondiente Dirección General de Consumo.
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