MADRID, 25 (EUROPA PRESS)
Un total de 24 prestadores de comunicación audiovisual en abierto, de pago y bajo de manda, han suscrito un nuevo Código de conducta para la calificación de los programas audiovisuales y sistema de descriptores visuales en el que mantienen la antigua calificación por edades, desaparecen los horarios de protección del menor e incluyen sanciones ante los incumplimientos de los compromisos.
Según el borrador del código de conducta de autorregulación, al que ha tenido acceso Europa Press, el objetivo es configurar el sistema de calificación de los programas audiovisuales por edades que “resulte el complemento necesario a los sistemas técnicos de filtrado” que permiten el control parental de dichos programas y establecer los descriptores visuales que “faciliten la información suficiente acerca de la naturaleza potencialmente perjudicial para el desarrollo del menor de los programas audiovisuales”.
En el documento, remitido en julio a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) para su valoración, se indica que los programas televisivos se calificarán de acuerdo con la siguiente gradación por edades: Especialmente recomendado para la infancia; apto para todos los públicos (TP); no recomendado para menores de siete años (7); no recomendado para menores de doce años (12); no recomendado para menores de dieciséis años (16); no recomendado para menores de dieciocho años (18); y X.
Además, se establece el siguiente código de señales visuales asociado a la anterior clasificación: ‘Infantil’ (en color rosa); ‘TP’ o ‘0’ (verde); ‘7’ (azul); ’12’ (amarillo); ’16’ (naranja); ’18’ (rojo); ‘X’ (rojo).
La señalización se hará visible en pantalla y en la Guía Electrónica de Programación (EPG) en el caso de los servicios de comunicación audiovisual televisivos lineales; y en la ficha de información y/o al comienzo de la emisión del programa en el caso de los servicios de comunicación audiovisual televisivos a demanda.
No obstante, el documento prevé que “en la medida en que la audiencia no necesita protección de ningún tipo” frente a programas calificados como ‘TP’ y/o ‘Infantil’, el prestador de servicios podrá decidir si incluir esta señalización visible en pantalla u omitirla, si bien, la mantendrá en la EPG o en la ficha de información del programa, según corresponda. Por la misma razón, no se considera necesario y no resulta obligatorio el uso de descriptores en aquellos casos de programas con la calificación ‘TP’ y/o ‘Infantil’.
En cuanto a los descriptores de contenido, los prestadores facilitarán información “clara, sintética y suficiente sobre el contenido de cada programa, determinante de su clasificación por edades, mediante la utilización de un sistema de descriptores como ‘violencia’, ‘sexo’, ‘miedo o angustia’, ‘lenguaje’, ‘discriminación’ y ‘drogas y sustancias tóxicas’.
En cambio, en la nueva propuesta, desaparecen los horarios protegidos. En el antigua código se preveía un horario general de protección del menor (de 6:00 a 22:00 horas), y horarios de protección reforzada (De 08:00 a 9:00 y de 17:00 a 20:00 horas, de lunes a viernes; De 9:00 a 12:00 horas sábados y domingos y determinadas fiestas nacionales: 1 y 6 de enero; Viernes Santo; 1 de mayo; 12 de octubre; 1 de noviembre; 6, 8 y 25 de diciembre, así como las propias territoriales en el caso de los operadores locales y autonómicos).
Sí contempla la nueva propuesta de los prestadores de comunicación audiovisual un régimen de infracciones y sanciones. En primer lugar, se prevé un requerimiento de adecuación de la calificación y/o señalización infractora y, si persiste, una amonestación pública a través de la publicación de la Resolución definitiva del Jurado de Autocontrol.
Respecto a las sanciones, la falta de cumplimiento por parte del prestador reclamado de una resolución firme “será objeto de una multa coercitiva por cada día que transcurra sin dar cumplimiento a dichas resoluciones que no excederá de los siguientes importes por día”: 200 euros durante la primera semana, 250 euros durante la segunda semana, y 300 euros en las sucesivas semanas de incumplimiento.
Podrán adherirse al Código otros prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo, lineales, a petición y de agregación; prestadores de servicios de intercambio de videos a través de plataforma; y los usuarios de especial relevancia o ‘influencers’ que empleen servicios de intercambio de videos a través de plataforma.
El antiguo Código de Autorregulación sobre Contenidos Televisivos e Infancia fue una iniciativa puesta en marcha en 2005 por los principales prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisiva que emiten en abierto, con el objetivo principal de proteger a los menores ante contenidos potencialmente perjudiciales o inadecuados para ellos. Dicho código, decayó al aprobarse la nueva Ley 13/2022, General de la Comunicación Audiovisual.
CONSULTA PÚBLICA
Ahora, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha lanzado una consulta pública sobre los sistemas de calificación por edades y descriptores de programas audiovisuales para adaptar el código de conducta y autorregulación a la nueva Ley 13/2022, General de la Comunicación Audiovisual. Estará disponible hasta el 28 de octubre.
Según ha informado el organismo estatal, esta iniciativa está en línea con la nueva Ley General de Comunicación Audiovisual, que “apuesta por la autorregulación y corregulación como herramientas clave para proteger a los menores frente a contenidos inapropiados” y se aplica tanto a los servicios de comunicación audiovisual tradicionales, como radio y televisión, como a las plataformas de intercambio de vídeos y los usuarios de especial relevancia o ‘influencers’.
Con esta consulta pública sobre los sistemas de autorregulación y corregulación para la calificación de edad de los contenidos audiovisuales y el uso de descriptores, la CNMC quiere recabar los comentarios y aportaciones de los operadores audiovisuales, las asociaciones de consumidores y usuarios, investigadores u otros colectivos relacionados con el desarrollo del menor.
El objetivo, según ha detallado la Comisión, es conseguir un acuerdo de corregulación para la protección de los menores en lo que a la calificación de programas y contenidos se refiere.
De este modo, la CNMC solicita aportaciones sobre el código de conducta de autorregulación en materia de calificación de edad acordado por 24 prestadores de comunicación audiovisual, así como sobre otras cuestiones genéricas tales como la resolución de reclamaciones de usuarios, sistema de sanciones, gobernanza y diseño de los órganos independientes de control, sistemas de seguimiento y evaluación periódicos, etc.
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