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Los europeos ciegos aplauden “el reciente avance legislativo” para implementar las tarjetas europeas de discapacidad y estacionamiento

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MADRID, 14 (SERVIMEDIA)

La Unión Europea de Ciegos (EBU) se congratuló este lunes por la adopción en el Consejo de la UE de las directivas que regulan las tarjetas europeas de discapacidad y de aparcamiento reservado y su extensión a ciudadanos no comunitarios con residencia legal en algún Estado miembro.

Se trata del “último paso legislativo” tras el acuerdo entre el Consejo y el Parlamento a propósito de ambas directivas alcanzado ya la pasada legislatura, apuntó. De este modo, las tarjetas “estarán disponibles para las personas con discapacidad, como muy tarde, a finales de 2028”.

La primera de las dos directivas establece el reconocimiento mutuo de las tarjetas de discapacidad y de aparcamiento entre todos los Estados miembro, a fin de que las personas con discapacidad puedan disfrutar de los derechos ya adquiridos en su país de origen durante estancias cortas en otros Estados.

Entre otras condiciones favorables o de trato preferente, se refiere a aspectos como la gratuidad de eventos culturales, el acceso prioritario al transporte, la asistencia en desplazamientos y las plazas de aparcamiento reservadas.

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El Consejo de Ministros ratificó también la directiva que amplía estas disposiciones a los ciudadanos con discapacidad no comunitarios que residen legalmente en países de la UE, lo que significa que también podrán utilizar estas tarjetas durante estancias de corta duración en otros Estados miembros.

Según EBU, todo esto ayudará a reforzar el derecho a la libre circulación de los ciudadanos con discapacidad residentes en la UE, que rondan los 80 millones.

PRÓXIMOS PASOS

Las autoridades nacionales serán responsables de expedir tarjetas europeas de discapacidad físicas y digitales en un formato accesible, que serán reconocidas en toda la UE como prueba de discapacidad o de derecho a servicios específicos para sus titulares.

Las tarjetas europeas de estacionamiento para personas con discapacidad se elaborarán en formato físico, y los Estados miembros tendrán la opción de expedirlas también en formato digital.

Ambas directivas serán firmadas por el Consejo y el Parlamento Europeo y entrarán en vigor tras su publicación en el Diario Oficial de la UE. En el caso de ambas directivas, los Estados miembros dispondrán de dos años y medio para adaptar su legislación nacional y de tres años y medio para aplicar las medidas.

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