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Los agentes de la propiedad reclaman que se deba justificar la necesidad de celebrar un contrato de arrendamiento por temporada

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MADRID, 18 (SERVIMEDIA)

El Consejo General de los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de España planteó este jueves al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana que para que se haga un buen uso del alquiler de temporada se acredite en los contratos y en la documentación anexa la casuística que justifique que se realice un arrendamiento inferior al residencial.

La institución colegial trasladó este planteamiento durante su participación en la segunda reunión del Grupo de Trabajo del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana sobre la regulación de los contratos de temporada, en la que también estuvieron presente otras organizaciones del sector de la vivienda.

“La contratación de forma temporal de una vivienda es una tipología necesaria de contrato que responde a una casuística de los diferentes motivos que puedan concernir en esa necesidad: estudiantes universitarios, profesores, opositores, tratamientos médicos, etc.”, señaló el Consejo de Agentes de la Propiedad.

Por ello, la institución reclamó que no se modifique ni su naturaleza jurídica ni su realidad fáctica de utilidad a los colectivos que desde hace tiempo utilizan esta tipología contractual para dar solución a la necesidad temporal de vivienda. “Si en el último año se ha producido una fuga hacia este tipo contractual será por una inadecuada regulación de la contratación arrendaticia de vivienda habitual y no por modificaciones en el contrato de alquiler de temporada”, aseveró.

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Precisamente, para mejorar la situación actual, el Consejo pidió que en los contratos de temporada conste una cláusula expresa sobre el motivo del uso temporal distinto al de vivienda del inmueble arrendado. También ve necesario que se adjunte, como anexo, la documentación que acredite el uso que se especifica en el contrato, haciendo constar en el contrato la relación de los documentos que se adjuntan como Anexo y acreditan el uso temporal de la vivienda.

Asimismo, planteó que en el contrato de temporada se especifique, en la parte expositiva, el domicilio donde tenga la residencia habitual el arrendatario. Además, sugirió que las viviendas destinadas a un uso diferente de vivienda y sometidas a un contrato de temporada dispongan de mobiliario y equipamiento básico para su uso inmediato.

Por último, instó a que en el contrato de temporada se haga constar la renuncia expresa a cualquier derecho de adquisición de la vivienda vinculada a la posible transmisión de esta durante la duración del contrato.

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