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Las instituciones de enseñanza superior públicas en Canarias han alertado sobre el impacto negativo que tendrá la reciente normativa en la capacidad de muchos estudiantes de realizar prácticas profesionales

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LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 15 (EUROPA PRESS)

La Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) y la Universidad de La Laguna (ULL) han advertido este lunes del “riesgo” que supone la obligatoriedad de la inclusión en el sistema de la Seguridad Social del estudiantado universitario que realice prácticas a partir del próximo 1 de octubre, y creen que se va a convertir en un “elemento de disuasión” que impedirá a muchos alumnos su primer contacto con el mundo laboral.

Este próximo 1 de octubre entra en vigor la disposición adicional 52ª de la Real Decreto-Ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones, y tanto las universidades canarias, “como el resto de las universidades españolas, rechazan esta medida, ya que no ofrece una mejora sustancial en la protección del estudiantado en prácticas y, sin embargo, resulta un elemento de disuasión para que las empresas y entidades públicas acojan estudiantes”.

Así se han expresado a través de un comunicado conjuntos ambas instituciones, remarcando que, “de hecho, muchas entidades, tanto privadas como públicas, han notificado a ambas universidades que no están en condiciones de asumir dicha disposición adicional”. “Unido al tejido empresarial limitado de esta comunidad, con una fuerte tendencia al sector turístico, hace muy complicado buscar entidades colaboradoras adicionales”, han lamentado.

“Las prácticas externas suponen un instrumento muy valioso en la calidad formativa del estudiantado, siendo su primera toma de contacto con el mundo profesional, y aportando un factor importantísimo en su inserción laboral. Por tanto, habría que hacer todo lo posible por mantener el modelo actual y garantizar una oferta de plazas razonable y de calidad en entidades. Si esta medida es llevada a su implementación, la oferta de prácticas externas disponible para el estudiantado sería drásticamente reducida, afectando en gran medida a la calidad de su formación”, han incidido.

TEMEN TENER QUE PAGAR LOS COSTES DE LAS PRÁCTICAS EXIGIDAS

Además, temen que la situación les haga tener que asumir los costes de altas y bajas de la Seguridad Social de los alumnos para aquellas prácticas obligatorias y previstas en los planes de estudio para la obtención de los títulos oficiales de Grado, Máster y Doctorado, de 12 créditos.

“Ante la situación de que las entidades no asuman las obligaciones con la Seguridad Social, las universidades tendrían que atender las obligaciones de alta, baja y cotización, para que su estudiantado pueda realizar las prácticas formativas con garantías suficientes, con el consecuente incremento de costes y, sobre todo, en recursos humanos destinados acometer la elevada carga burocrática”, han lamentado.

Además, esta obligación implicaría la revisión de cientos de convenios ya establecidos con las entidades, “los cuales serán imposibles de actualizar en su totalidad a fecha de 1 de octubre, pudiendo ocurrir que no puedan ofertarse numerosas prácticas curriculares que actualmente se realizan”.

LA ADMINISTRACIÓN, PRIMERA EN PONER “OBSTÁCULOS” PARA ACOGER ALUMNOS

Las universidades ponen el acento en que son “precisamente las administraciones públicas, que reciben alrededor del 60% del estudiantado universitario, las que ya están planteando obstáculos para asumir una norma dictada por la propia Jefatura de Estado”.

“Ante esta situación, y dado que el ‘Estatuto de las personas en formación práctica no laboral en el ámbito de la empresa’, actualmente en desarrollo por el Ministerio de Trabajo y Economía Social en la Mesa de Diálogo Social, definirá la regulación de las prácticas externas universitarias, ambas universidades consideran que resulta absolutamente imprescindible que no entre en vigor la citada disposición adicional 52ª de la Real Decreto-Ley 2/2023, de 16 de marzo”, concluyen.


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