MADRID, 28 (SERVIMEDIA)
Las empresas verificadoras de ahorro energético ya pueden solicitar a la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) su reconocimiento oficial para ejercer esta función.
Así lo prevé una orden del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, que desarrolla el Real Decreto 36/2023, que estableció un sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE), por el que se exige la acreditación por parte de ENAC de los verificadores de ahorro energético.
La figura del verificador de ahorro energético, en el marco del sistema de CAE, es la encargada de comprobar que la documentación presentada por las empresas obligadas o sus delegados para evidenciar los ahorros de energía obtenidos por la ejecución de una o varias actuaciones de eficiencia energética es acorde a la normativa y que el ahorro declarado es veraz, para así determinar si se encuentran en disposición de obtener los distintivos CAE.
En la orden se establecen las condiciones específicas que deben cumplir las entidades que deseen actuar como verificadores de ahorro energético y que deberán estar acreditadas por la ENAC.
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