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Las aerolíneas deben asistir a los viajeros según las asociaciones de consumidores, luego del cierre de Heathrow

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MADRID, 21 (SERVIMEDIA)

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), Facua-Consumidores en Acción y la Asociación Española de Consumidores recordaron este viernes a las aerolíneas su obligación de prestar asistencia a los viajeros tras el cierre del aeropuerto londinense de Heathrow.

Así lo advirtieron en varios comunicados en los que subrayaron que las compañías aéreas están obligadas a prestar información y asistencia a los afectados, facilitándoles comida, alojamiento y comunicaciones además de la reubicación en otro vuelo alternativo o la devolución del importe del billete a voluntad del consumidor.

En este contexto, la OCU señaló que los retrasos y cancelaciones provocados por el incendio de una subestación eléctrica que ha provocado el cierre de este aeropuerto de Londres se deben a una “causa extraordinaria” y, por tanto, “no caben las indemnizaciones previstas en el Reglamento 261/2004 de derechos de los usuarios del transporte aéreo”.

No obstante, OCU exige a las compañías aéreas que “cumplan con el resto de las obligaciones recogidas” en este reglamento y que obligan a las aerolíneas, en primer lugar, a informar sobre los posibles transportes alternativos, a facilitar la reubicación en otros vuelos y a “reintegrar” el precio de billete si el usuario decide desistir del viaje.

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Además, incidió en que, de acuerdo con el Reglamento Europeo, las compañías están obligadas a ofrecer comida y refrescos “suficientes”, en función del tiempo que sea necesario esperar así como alojamiento en un hotel en el caso de que sea necesario pernoctar una o varias noches, o de que sea necesaria una estancia adicional a la prevista por el pasajero y transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento (hotel u otros).

CONSUMIDORES VULNERABLES

Junto a ello, hizo hincapié en que, “si se diera el caso, deben facilitar comunicaciones a los pasajeros que las necesitaran” y en que la norma “obliga a prestar especial atención a los consumidores vulnerables, menores no acompañados y personas con movilidad reducida”.

OCU indicó que, en caso de no cumplirse estas obligaciones de información y asistencia, los usuarios tienen derecho a reclamar por los posibles daños ocasionados por el incumplimiento de estas obligaciones compañías ante la Agencia Española de Seguridad Aérea.

MÁS DERECHOS

En la misma línea, Facua informó a los usuarios que puedan verse afectados por la cancelación de su vuelo que, según establece el Reglamento Europeo 261/2004, se deberá ofrecer al pasajero el reembolso del dinero “en un plazo máximo de siete días” o la conducción hasta el destino final “en condiciones de transporte comparables lo más rápidamente posible o en una fecha posterior que convenga al pasajero, en función de los asientos disponibles”.

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En caso de retraso en el vuelo, la asociación puntualizó que, si este es de cinco horas o superior, el consumidor tiene derecho a la devolución del importe del vuelo o a un vuelo alternativo en las fechas que acuerde con la aerolínea.

“Después de la salida de Reino Unido de la Unión Europea, el país implementó el Reglamento UK 261, una normativa muy similar a la europea donde también se recoge la obligación de las aerolíneas de ayudar a los pasajeros ante una situación extraordinaria, así como ofrecer comidas y refrescos, proporcionar alojamiento en un hotel si es necesario y ofrecer vuelos alternativos o reembolsos cuando corresponda”, abundó, al tiempo que aseveró que, por lo tanto, estos derechos “afectan a aquellas personas cuyos vuelos fuesen operados tanto por aerolíneas que sean de países de la Unión Europea, como compañías británicas”.

AENA

Por último, la Asociación Española de Consumidores reclamó a AENA y a las aerolíneas afectadas por la anulación de vuelos del aeropuerto de Heathrow que “intensifiquen” la información que se ofrece a los pasajeros y sean “lo más ágiles y rápidas posible con el fin de evitar un caos hacia los usuarios”.

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Junto a ello, demandó que la reasignación de vuelos “sea lo más rápida posible para evitar los inconvenientes derivados de una cancelación masiva tal y como se ha producido”.


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