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La sentencia anula el reparto de aproximadamente 64 millones de euros en derechos de autor por parte de la SGAE. La SGAE apelará la decisión del juez

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MADRID, 2 (EUROPA PRESS)

El juzgado de lo Mercantil número 16 de Madrid ha anulado los repartos realizados por la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) entre 2015 y 2018 correspondientes a derechos de autor generados por la emisión de música en televisión.

La sentencia, del 10 de julio, será recurrida por la SGAE. El auto estima en si integridad la demanda de las editoriales de música de Atresmedia y Mediaset contra los repartos realizados en el mencionado periodo.

Según las estimaciones facilitadas a Europa Press por el abogado de las demandantes, Miguel Ángel Ramos Jiménez, la anulación afectaría al reparto de derechos de más de 40.000 autores y editores por un importe total de unos 64 millones de euros, ya que la entidad debería rehacer ocho liquidaciones.

“El presente procedimiento no es sino el colofón de una larga lista de demandas y contiendas judiciales entre las entidades demandantes y la SGAE, que en esencia pivotan sobre el reparto de los derechos por la difusión de obras protegidas en emisiones televisivas”, señala la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Presss.

Así, apunta que desde el año 2014 (cuya liquidación se realiza en 2015), la Junta Directiva de SGAE ha tenido la voluntad de modificar ese sistema de reparto de los derechos devengados por la emisión televisiva de obras protegidas, “esencialmente con la finalidad de rebajar los importes repartidos en horario nocturno e incrementar los percibidos por emisiones en prime time”.

El juez señala que esta decisión chocó inicialmente chocó con el rechazo por la Asamblea General de socios y luego con las impugnaciones deducidas por los demandantes frente a la “imposición”de esa modificación por acuerdos de la Junta Directiva, que “han ido siendo sucesivamente anulados por los Tribunales en distintos procedimientos hasta que definitivamente han podido ser validados por la Asamblea General”.

Para el juez, la SGAE realizó esas modificaciones en sus estatutos incurriendo en un “vicio de incompetencia” al no ratificar la decisión de la Junta Directiva en la Asamblea General de socios, que tendría que avalar los cambios.

Fuentes de la SGAE han señalado a Europa Press que no se trata de una sentencia firme, por lo que prepararán un recurso de apelación y eluden hacer más comentarios sobre la misma al entender de que se trata de una cuestión ‘sub iudice’.

SGAE: “ENORME PROBLEMA DE FUNCIONAMIENTO”

En todo caso, añaden que las “anomalías” producidas en los repartos de la música nocturna en la televisión han supuesto un “enorme problema” para el funcionamiento de SGAE como entidad de gestión durante muchos años y para la “inmensa mayoría” de los autores que forman parte de ella.

“Estas malas prácticas se corrigieron en otros países mientras que España ha supuesto una excepción negativa. Esta situación provocó, entre otras dificultades, la expulsión de la Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores (CISAC), máximo órgano de entidades de gestión internacional y el apercibimiento del Ministerio de Cultura para retirar la licencia a SGAE como entidad de gestión”, añade.

En este sentido, destaca que desde abril de 2020, la nueva Junta Directiva y la Dirección General “han conseguido acabar con este problema que vulneraba el bien común de las socias y socios de SGAE”.

También recuerda que CISAC readmitió a SGAE como miembro de pleno derecho y el Ministerio de Cultura retiró el apercibimiento por todos los cambios realizados en este último periodo.


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