MADRID, 28 (SERVIMEDIA)
El anteproyecto para reformar el texto refundido de la Ley General de los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Inclusión Social y la Ley de Autonomía Personal y Atención a la Dependencia comienza este viernes su trámite de Audiencia e Información Pública.
Según se publica en la web del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, el plazo para la recepción de aportaciones permanecerá abierto hasta el 10 de marzo. El objetivo de este trámite es que cualquier persona afectada por una norma pueda hacer llegar sus propuestas y opiniones al respecto, ya sea de forma individual o a través de sus asociaciones representativas. Asimismo, busca obtener aportaciones de cualquier ciudadnao o entidad interesada que desee participar.
El anteproyecto que hoy sale a consulta pública pretende adaptar la legislación española al nuevo mandato del artículo 49 de la Constitución –modificado hace un año- y a la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, así como adaptar el Sistema de Autonomía Personal y Atención a la Dependencia (SAAD) “al nuevo modelo de cuidados” que el Gobierno promueve desde la pandemia.
Entre otros puntos, la norma prevé modificar el artículo 10 de la Ley de Propiedad Horizontal, a fin de que todas las actuaciones para asegurar la accesibilidad universal resulten obligatorias, igual que las de estanqueidad o las relacionadas con la seguridad de los edificios.
Se estima que unas 100.000 personas mayores o con discapacidad “viven encerradas” en sus domicilios por problemas de accesibilidad en sus casas o edificios. Muchas de ellas terminan en residencias.
Para evitarlo, todas las administraciones con competencias en vivienda tendrán que habilitar subvenciones y ayudas de cara a facilitar dichas obras. Además, las comunidades de vecinos tendrán la obligación de solicitar aquellas opciones de financiación para obras de accesibilidad que los propietarios proporcionen. Si se niegan, estos podrán acudir a la justicia. Esto es así porque “la accesibilidad universal” deja de considerarse como “principio inspirador” de la norma y “pasa a ser un derecho subjetivo”, destacan desde el Ministerio.
La norma también propone rebajar el porcentaje del importe de las obras o actuaciones que los vecinos deberán asegurar antes de recibir la subvención –pasa del 75 al 70%-.En su nueva redacción, la Ley de Propiedad Horizontal dejará claro que, en los casos de reformas encaminadas a asegurar la accesibilidad, el periodo de repercusión de las 12 mensualidades de gastos comunes -que hasta ahora se entendían como tope a partir del cual los vecinos podían rechazar reformas demasiado caras- será en realidad de tantos años como las opciones de financiación disponible lo permitan.
SALUD SIN EXCLUSIONES
En esta misma línea de reconocimiento de derechos fundamentales, el anteproyecto insiste en garantizar la accesibilidad universal en el Sistema Nacional de Salud. Prohíbe así todo tipo de discriminación por razón de discapacidad a la hora de contratar seguros de salud o de vida; regula el derecho a la autonomía personal, a la vida independiente y a la inclusión en la comunidad a través de la rehabilitación y la habilitación y garantiza el respeto a la libertad de elección de las personas con discapacidad en lo referente a sus opciones de vida independiente y en comunidad (donde vivir, con quien compartir domicilio, etc.).
Por otro lado, refuerza el derecho a la educación inclusiva, Apuesta por promover una imagen social positiva de las personas con discapacidad y aclara la regulación de los ajustes razonables. También indica que las personas con discapacidad deben recibir los apoyos precisos en su relación con el sistema sanitario. Esto es, se deben asegurar condiciones de accesibilidad universal a estas personas a la hora de recibir un diagnóstico, someterse a un reconocimiento médico o prestar consentimiento para una intervención o tratamiento.
La norma también ccontempla la creación de un registro estatal de tarjetas de estacionamiento para personas con discapacidad, que agrupará los distintos modos de expedición existentes hasta ahora a fin de evitar fraudes. El texto dedica, asimismo, un artículo específico a las mujeres y a los menores con discapacidad, en línea con la redacción del artículo 49 de la Constitución.
PERSONAS EN EL CENTRO
A fin de reducir cargas administrativas, la nueva ley reconocerá de forma automática un 33 % de discapacidad a todas las personas que ya acrediten una situación de dependencia.
El anteproyecto detalla además dos definiciones, institucionalización y capacitismo, y deja claro su intención de acabar con ambas. En esta línea, refuerza la prohibición de los espectáculos que denigren o hagan mofa de personas por su condición de discapacidad -como los del bombero torero-, y los clasifica como ‘muy graves’ dentro del régimen de sanciones e infracciones que contempla la Ley General sobre los Derechos de lasPersonas con Discapacidad. De este modo, se les podrá imponer multas que van entre los 600.000 y el millón de euros.
DEPENDENCIA
En lo referido a la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia, la norma pone fin a algunos de los recortes introducidos en el SAAD en 2012 y que aún no habían sido eliminados. Acaba con la incompatibilidad entre algunas prestaciones que, aunque muchas comunidades autónomas ya la habían suprimido, todavía permanecía en el marco legal estatal
La propuesta también contempla ampliar y reforzar la prestación de la asistencia personal, que dejará de ser una prestación económica para incluirse en el catálogo de servicios. Es decir, las administraciones autonómicas podrán ofrecerla en su cartera de servicios de promoción de la autonomía personal, en lugar de limitarse a abonar sus costes.
La reforma termina con el período de carencia máximo de dos años de las prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar y recoge la posibilidad de que la ayuda a domicilio se extienda a otras áreas de la vida cotidiana de los usuarios, como hacer la compra o acudir al médico.
Otro de sus objetivos es permitir que personas sin vínculo familiar puedan actuar como cuidadores no profesionales de personas en situación de dependencia. Por otra parte, refuerza las garantías para que todas las personas dependientes se beneficien de los servicios de teleasistencia avanzada y establece nuevas tipologías de viviendas en las que se pueden recibir apoyos. Hasta ahora, esto solo era posible en los domicilios particulares y en las residencias, pero la nueva norma Habla tambiénviviendas compartidas o comunitarias.
MENOS COPAGO
Según el anteproyecto de ley, la vivienda habitual de la persona dependiente no se tendrá en cuenta a la hora de calcular su capacidad económica, pues el propietario no siempre puede obtener liquidez gracias a ella -muchas veces residen otros familiares-. Su cómputo solía resultar en copagos “muy “onerosos”, sobre todo para los usuarios de residencias.
Contempla también establecer unos mínimos exentos de copago a nivel nacional, cuyos criterios deberán decidirse cada año en el Consejo Interterritorial de Servicios Sociales. Por último, obliga a que todos los trabajadores de centros en los que se atienden a personas mayores y con discapacidad presenten certificados de penales que demuestren que no han cometido delitos de carácter sexual.
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