MADRID, 06 (SERVIMEDIA)
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha denunciado al Banco de España que algunas entidades bancarias están cobrando de manera “improcedente” comisiones de entre los 80 y 100 euros más IVA a los herederos por recibir la herencia de una persona fallecida.
Así lo anunció en un comunicado, en el que explicó que este trámite de testamentaría, mediante el cual los familiares de una persona fallecida llevan la escritura notarial hasta la entidad bancaria para recibir el dinero de las cuentas del causante y que así pase a sus legítimos herederos, no debe cobrarse.
“Lo cierto es que entidades como Banco Sabadell, Unicaja y Abanca han dejado de cobrar, otras como ING Direct, Deutsche Bank y Cajamar no cobran, sin embargo, son muchas entidades las que siguen cobrando estas comisiones ilegales”, advirtió.
A este respecto, agregó que, según el Banco de España, el mero estudio y verificación de la documentación de la testamentaria es una actividad interna de la propia entidad que realiza en su propio interés y que, por tanto, no supone la prestación de un servicio bancario, por lo que “no es procedente el cobro de comisiones”.
“Asimismo, el Banco de España entiende que, de no ser así, se trataría de una imposición por parte de las entidades, que los herederos no les queda más remedio que aceptar si quieren disponer de los fondos a los que legítimamente tiene derecho, imposición que va en contra del principio de libertad de contratación”, abundó, para agregar que los herederos tampoco están obligados a abrir cuentas en la entidad bancaria para recibir la herencia de un fallecido, ni a pagar por el certificado de posiciones a la fecha de fallecimiento.
RECLAMACIONES SOBRE TESTAMENTARÍA
Las reclamaciones sobre testamentaría ascienden a un total de 1.249, según la memoria del Banco de España de 2022, lo que supone un 3,7% del total de las reclamaciones y la OCU ha llevado a cabo un estudio sobre el comportamiento de las entidades financieras en los procesos de toma de posesión de bienes de las personas fallecidas.
Los “más destacables” han sido, a su juicio, que el 60% de quienes han tenido que “lidiar” la tramitación de una testamentaria ante una entidad financiera la califica como “insatisfactoria o muy insatisfactoria”.
Además, el 65% confirma haber tenido “algún obstáculo o problema” con la entidad bancaria, en casi un 20% de las herencias tramitadas se obligó a contratar un producto en la entidad como requisito para entregar los distintos productos de la persona fallecida y para el 30% de los encuestados fue la “falta de información o de instrucciones suficientes”.
“Los tiempos de espera también han sido un problema importante. Los trámites pueden llegar a durar a varios meses y no es inusual encontrarse con procesos que duran seis meses (45%) o más de un año (22%)”, apostilló.
En este contexto, abogó por “estandarizar” el proceso de tramitación de testamentaria para todas las entidades bancarias y porque se preste el servicio “de forma unívoca, creando un protocolo con los pasos a seguir, incluyendo fases del proceso, documentación a entregar y plazo máximo para proceder a la entrega de los bienes o a su cambio de titularidad con las correspondientes sanciones a las entidades bancarias en caso de incumplimiento”.
Para ello, propone un plazo máximo de tramitación de 15 días desde que los herederos hayan presentado toda la documentación necesaria y que se sancione con intereses de demora a favor de los herederos que lo superen.
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