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La magistrada del TC que se mostró a favor de no imponer el 25% del castellano se ocupará del recurso contra esa medida

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Firmó dictámenes cuando era vicepresidenta del Consejo de Garantías Estatutarias de la Generalitat de Cataluña

MADRID, 17 (EUROPA PRESS)

La magistrada del Tribunal Constitucional (TC) Laura Díez –propuesta por el Gobierno y encargada de la ponencia sobre la ley catalana que elimina el 25% del castellano en las aulas tras el recurso de inconstitucionalidad de PP y Cs– firmó dictámenes del Consejo de Garantías Estatutarias de Cataluña, en calidad de vicepresidenta, a favor de no imponer dicho porcentaje del castellano en las aulas de la comunidad autónoma.

Según consta en el portal web del propio Consejo de Garantías Estatutarias de la Generalitat, Díez firmó el dictamen 3/2022, sobre la proposición de ley relativa al uso y aprendizaje de las lenguas oficiales a la enseñanza no universitaria; y el dictamen 4/2022, sobre el Decreto-Ley 6/2022 en el que establece los criterios de elaboración de los proyectos lingüísticos de los centros educativos.

Ahora, según ha informado el Tribunal Constitucional, Díez será la responsable de redactar la ponencia sobre los recursos que presentaron los diputados del PP y de Ciudadanos contra el Decreto-ley de Cataluña 6/2022, por el que se fijan los criterios de elaboración de los proyectos lingüísticos de los centros educativos, y contra la ley de Cataluña 8/2022, sobre el uso y el aprendizaje de las lenguas oficiales en la enseñanza no universitaria.

Esta ponencia, que estaba en manos del magistrado saliente Antonio Narváez, ha recaído en Díez después de que el presidente del tribunal, el magistrado Cándido Conde-Pumpido, repartiera este martes las ponencias que estaban a cargo de los magistrados que salieron del Constitucional el pasado 9 de enero tras la renovación parcial del órgano.

Fue el pasado 7 de junio de 2022 cuando Díez, en calidad de vicepresidenta del Consejo de Garantías Estutarias de la Generalitat firmó el dictamen 3/2022, en el que se concluye –por unanimidad– que la ley sobre el uso y aprendizaje de las lenguas oficiales en la enseñanza no universitaria “no vulnera” ni la Constitución ni el Estatut, ni en cuanto a la omisión de declarar el castellano como lengua vehicular ni sobre el uso curricular y educativo del catalán y del castellano sin establecer porcentajes.

El dictamen 3/2022 sostenía que la exigencia de establecer un porcentaje mínimo del 25% del castellano como lengua de uso en la enseñanza no universitaria, fijada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en 2020, no era un “parámetro de constitucionalidad ni de estatutariedad” que vinculase al legislador y que, por tanto, le obligase a “respetarla”.

EL CATALÁN COMO “CENTRO” DEL SISTEMA EDUCATIVO

En el texto se destacaba que el Tribunal Constitucional –del que ahora forma parte Díez– “de forma explícita” no había considerado inconstitucional una ley que no contenga la declaración expresa del castellano como lengua vehicular.

En el dictamen se insistía además en que el órgano de garantías había asegurado que omitir la mención del castellano como lengua vehicular no era inconstitucional porque no implicaba la exclusión del castellano como lengua docente.

Se subrayaba a su vez que la legislación básica estatal en materia de educación “nunca”, a excepción del período en que estuvo vigente la LOMCE (desde el 30 de diciembre de 2013 hasta al 19 de enero de 2021), había declarado el castellano como lengua vehicular.

Sobre el hecho de que se usen el castellano y el catalán en Cataluña sin establecer porcentajes, el Consejo de Garantías Estatutarias también incidía en que estaba avalado por el Constitucional.

El órgano concluía que se había “admitido con toda naturalidad” que el tratamiento de las lenguas fuese “diferente en los diversos sistemas educativos que existen en las comunidades autónomas”, lo que se traducía en “múltiples modelos lingüísticos de la enseñanza, todos considerados legítimos por la doctrina constitucional”. En este caso, el Consejo avalaba que se situara al catalán como “centro de gravedad del sistema educativo”.

“La clara admisión de este uso diferenciado del catalán y del castellano en el sistema de enseñanza es el fundamento sobre el que descansa la declaración de constitucionalidad que ha hecho siempre el Tribunal Constitucional del modelo general de conjunción lingüística que ha adoptado Cataluña desde del inicio”, insistía el Consejo en el texto.

“POLÍTICA EDUCATIVA”

Díez firmó el dictamen en el que se sostenía que era “fácilmente constatable” que “ni la Constitución, ni el Estatuto de autonomía, ni la legislación básica del Estado (…), ni la legislación catalana, ni tampoco el Tribunal Constitucional en las múltiples ocasiones en las que han interpretado todas estas normas han establecido en ningún momento la exigencia de porcentajes concretos en la distribución del uso de las lenguas oficiales en la enseñanza y ni siquiera otra similar”.

En este sentido, el Consejo indicaba que el tratamiento lingüístico en la enseñanza no universitaria sobre la base de porcentajes determinados entre las lenguas oficiales era una “opción de política educativa legítima, aunque no la única posible”.

Días después, el 20 de junio de 2022, Díez firmó –también en calidad de vicepresidenta– el dictamen 4/2022 del Consejo de Garantías Estatutarias aprobado por unanimidad en el que se concluía que la ley por el que se fijan los criterios aplicables a la elaboración, aprobación, validación y revisión de los proyectos lingüísticos de los centros educativos –en cuanto a la omisión de la declaración del castellano como lengua vehicular– “no vulnera” ni la Constitución ni el Estatut.

En el marco de este dictamen, el órgano incidía en que el hecho de que la ley catalana 6/2022 haga mención sólo al catalán como lengua vehicular de la enseñanza “no es inconstitucional y no supone en ningún caso la exclusión de la lengua castellanacomo lengua docente”.


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