MADRID, 17 (SERVIMEDIA)
La Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea) mostró este miércoles su desacuerdo con la ley de vivienda que ha elaborado el Congreso, porque “agravará” la falta de vivienda en alquiler en España y crea “inseguridad jurídica” sobre la propiedad inmobiliaria.
“El esfuerzo por avanzar hacia un ‘derecho efectivo’ a la vivienda resulta fallido e incluso contraproducente, en la medida en que, ignorando las lecciones de nuestra historia no tan lejana y de la teoría económica, se apuesta por algunos instrumentos de política que sólo agravarán la insuficiencia de la oferta de vivienda en alquiler”, señala Fedea en un artículo que firma Ángel de la Fuente.
El autor identifica entre esos instrumentos negativos que acentuarán la falta de alquiler la introducción de medidas de control de alquileres en áreas consideradas ‘tensionadas’ por las Administraciones locales o regionales, la imposición de límites generales a la actualización anual de los alquileres por debajo del IPC y de prórrogas forzosas tras la expiración de los contratos, así como la aprobación de ciertas disposiciones que dificultan la recuperación de los inmuebles por sus propietarios en casos de impago u ‘ocupación’.
Todas estas medidas, a juicio de Fedea, “rebajan la rentabilidad de la inversión en vivienda destinada al alquiler o incrementan su riesgo, reduciendo por tanto su oferta inmediata y futura mediante la retirada de inmuebles del mercado y una menor inversión para incorporar otros nuevos”.
PROPIEDAD
A esta carencia de la norma, Fedea añade “la inseguridad jurídica asociada con una parte especialmente delicada del proyecto de ley, en la que se introducen ciertos límites a y deberes asociados con la propiedad de la vivienda con el fin de garantizar la función social de la propiedad.”
Así, en la exposición de motivos del proyecto se afirma que el derecho a la vivienda “modula, tanto el derecho de propiedad como la libertad de empresa cuando operan en el sector de la vivienda, desde el doble punto de vista de la función social que deben cumplir y del interés general…”. En el artículo 1.2 se habla del deber de los propietarios de vivienda de “destinar la misma al uso habitacional previsto por el ordenamiento jurídico” y en el 11.1.e, 19.1 y 19.4 de sus “obligaciones de colaboración con la Administración competente y suministro de información” sobre el uso de las viviendas de su propiedad para “favorecer el incremento de la oferta de alquiler asequible en la zona”.
Para De la Fuente, aunque estas disposiciones están redactadas en términos “muy vagos”, “todas ellas podrían interpretarse de una forma que permita a las Administraciones imponer obligaciones poco razonables a los propietarios, incluyendo la de alquilar sus inmuebles a precios inferiores a los de mercado, o incluso expropiar tales inmuebles como ya se ha anunciado en Cataluña”.
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