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La hermana de Miguel Ángel Blanco pide ignorar el recurso de Iñaki de Rentería contra su imputación por un fallo formal

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Alega que no debe tenerse por presentado porque no cumplió los requisitos formales y el plazo ya ha expirado

MADRID, 30 (EUROPA PRESS)

La hermana de Miguel Ángel Blanco, que ejerce la acusación particular en la investigación que se lleva a cabo en la Audiencia Nacional (AN) sobre el secuestro y asesinato del joven concejal del PP en Ermua a manos de ETA en 1997, ha pedido a la sede judicial que no tenga por presentado el recurso de apelación formulado por el ex dirigente etarra Ignacio Miguel Gracia Arregui, alias ‘Iñaki de Rentería’, debido a un defecto de forma que ya sería insubsanable.

Marimar Blanco se dirige en un recurso de reforma, presentado por su abogado Miguel Ángel Rodríguez Arias, contra la providencia emitida el pasado 23 de noviembre por el Juzgado Central de Instrucción Número 6, donde “se tiene por interpuesto en tiempo y forma recurso de apelación” contra una resolución anterior de su titular, Manuel García Castellón.

Se trata del recurso de apelación presentado por ‘Iñaki de Rentería’ contra la decisión adoptada el 10 de noviembre por García Castellón de reabrir la causa para el ex jefe de ETA. En un principio, el juez apreció de oficio que los hechos estaban prescritos para Gracia Arregui, pero posteriormente corrigió estimando los recursos de Fiscalía y PP y, parcialmente, el de Dignidad y Justicia (DyJ).

En el recurso de reforma, al que ha tenido acceso Europa Press, la hermana de Blanco pide que no se tenga por presentado el recurso de apelación de ‘Iñaki de Rentería’ porque no dio traslado previo del mismo a la acusación particular, un “claro deber legal” que impone el artículo 276 de la LEC.

El abogado explica, citando numerosa jurisprudencia del Supremo y del Constitucional, que se trata de un defecto formal ya insubsanable por cuanto el 18 de noviembre expiró el plazo para recurrir la decisión de García Castellón y, a estas alturas, también ha vencido ya el legalmente fijado para poder enmendar este fallo procesal.

Así las cosas, sostiene que el recurso de apelación de ‘Iñaki de Rentería’ debe obviarse y, en consecuencia, considerar firme el auto del 10 de noviembre por el que quedó investigado.

“Se tendrá por no interpuesto a todos los efectos, porque en verdad no lo ha sido conforme a derecho y a normas procesales básicas que ningún profesional interviniente puede desconocer”, afirma.

“POR PARTIDA DOBLE”

Rodríguez Arias pone de relieve que se trata de un error únicamente imputable a la defensa del antiguo etarra y ello, destaca, a pesar de que cuenta con “el asesoramiento legal” de hasta cinco abogados.

Llama igualmente la atención sobre el hecho de que ‘Iñaki de Rentería’ presentó su recurso de apelación “en el mismísimo último momento”, a solo tres horas de que expirara el plazo para hacerlo, con lo que “decidió colocarse a sí mismo en una tal tesitura en la que ya ni el propio juzgado le podía auxiliar en ningún modo”.

“Simplemente nos limitamos a constatar lo aparentemente –no– actuado en tiempo y forma por la (parte) contraria. Ni en un primer momento, pero tampoco en un segundo momento, por partida doble, cuando tuvo igual ocasión procesal de haberlo actuado en ambos”, resume.

TRAS LA CÚPULA ETARRA

García Castellón reabrió la causa el pasado mes de marzo tras admitir una querella de Dignidad y Justicia –firmada también por Rodríguez Arias– que busca condenar a quienes formaban el comité ejecutivo de ETA o zuba cuando se cometió el crimen.

El juez ya ha llamado a declarar a los también ex jefes de ETA Miguel Albisu, ‘Mikel Antza’; María Soledad Iparraguirre, ‘Anboto’; y José Javier Arizcuren, ‘Kantauri’; si bien todos ellos se acogieron a su derecho a no declarar, los dos últimos aduciendo que Francia no ha autorizado su entrega por estos hechos.

Por encargo del instructor, la Guardia Civil ya ha emitido un informe en el que responsabiliza a los ex jefes de ETA de la muerte del joven concejal porque considera que una orden suya podría haberlo evitado.

Cabe recordar que, en el caso del asesinato de Blanco, la Audiencia Nacional ya condenó en 2006 a 50 años de cárcel al ex dirigente etarra Francisco Javier García Gaztelu, ‘Txapote’, y a su compañera sentimental y miembro de ETA Irantzu Gallastegui, ‘Amaia’, como autores materiales.

En su sentencia, el tribunal aseguraba que ambos “planificaron y ejecutaron el secuestro y posterior asesinato de Miguel Ángel Blanco, siguiendo las directrices de la cúpula de la organización terrorista ETA, que tenía entre sus objetivos más inmediatos el secuestro de un concejal del PP para exigir a cambio de su liberación el acercamiento de los presos de la banda a cárceles del País Vasco”.


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