MADRID, 21 (EUROPA PRESS)
La Fiscalía Anticorrupción y la Abogacía del Estado han recurrido el auto por el que el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz acordaba en julio el archivo de la pieza separada del ‘caso Pujol’ en la que investigaba el origen del dinero que el hijo menor de la familia, Oleguer Pujol, invirtió en diversas operaciones inmobiliarias de la empresa Drago Capital y en la propia compañía. Ambos escritos coinciden en señalar que la decisión del magistrado carece de motivación.
Así consta en sendos escritos, adelantados por El Periódico de España y a los que ha tenido acceso Europa Press. En el caso de la Abogacía del Estado, que representa en este caso a la Agencia Tributaria, se especifica que Pedraz en su auto no cumplió “con las exigencias mínimas de motivación al no hacer referencia alguna al presupuesto fáctico” que le llevó a considerar que efectivamente no estaba “debidamente justificada la perpetración del delito”.
Indica que, si bien al doctrina del Tribunal Constitucional (TC) apunta que la motivación de la decisión judicial “no comporta una exhaustiva descripción del proceso intelectual”, sí que demanda “una mínima valoración del material fáctico aportado a las actuaciones”.
Por su parte, el fiscal del caso, José Grinda, en un breve escrito critica que el magistrado no ha realizado “juicio de ponderación” sobre ninguno de los dos bloques investigados: el de las operaciones inmobiliarias que indiciariamente buscarían “un afloramiento derivado de delitos de corrupción y contra la Hacienda Pública”, y el de los delitos contra la Agencia Tributaria.
En relación a este segundo bloque, el fiscal advierte que hay designado un auxilio judicial en Hacienda y que de momento no ha llegado el informe final.
LA DECISIÓN DE PEDRAZ
Fue el pasado 13 de julio cuando el juez instructor del caso decretó “el sobreseimiento provisional (…) al no resultar debidamente justificada la perpetración de los delitos que dieron motivo a la formación” de esta línea de investigación.
En concreto, el magistrado explicaba que, “pese a las diligencias practicadas, no hay base siquiera para apreciar indicio de delito alguno”. “Y los que se suministraron fueron meras sospechas, no aptas para seguir un procedimiento penal”, añadía.
Pedraz acordó en julio de 2021 no alargar más la instrucción de esta pieza separada del ‘caso Pujol’, sin perjuicio de recibir las cuestiones pendientes, entre ellas la respuesta de Países Bajos a una comisión rogatoria donde se le pedía que completara la información requerida sobre las cuentas bancarias de Oleguer Pujol, así como el informe definitivo de la Agencia Tributaria.
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