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La Fiscalía solicita al Tribunal Supremo que se revelen los beneficios de los depósitos bancarios

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MADRID, 20 (EUROPA PRESS)

La Fiscalía ha recurrido la decisión de la Audiencia Nacional de dar la razón al Banco de España frente a la petición de Sumar, que solicitó información sobre el dinero público que transfirió a los bancos en concepto de intereses por depositar sus reservas en 2022 y 2023.

La Audiencia Nacional, en concreto, llegó a la conclusión de que la negativa de Banco de España de no facilitar esos datos no vulnera el derecho fundamental a acceso a la información, recordando que este derecho tiene ciertos límites.

La Fiscalía ha recurrido en casación al alto tribunal asegurando que cuestiona el derecho fundamental de los ciudadanos, a través de sus representantes parlamentarios, de acceder y participar en condiciones de igualdad a los asuntos, funciones y cargos en su vertiente de acceso a la información de los poderes públicos, por no entregar a los diputados del Congreso la información solicitada al Banco de España conforme al Reglamento de la Cámara.

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El año pasado, Sumar denunció al Banco de España ante la Audiencia Nacional por no desvelar los beneficios de los depósitos de la banca en las cuentas del banco central entre 2022 y 2023.

El grupo ya registró en el Congreso una solicitud de informe para conocer estos datos, pero el exgobernador del Banco de España Pablo Hernández de Cos alegó que esos datos son confidenciales y propiedad del Banco Central Europeo (BCE). Tras esto, Sumar presentó un recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

El grupo político esgrimía que se habían visto cercenados los derechos fundamentales de sus diputados de acceder a información. Además, argumentaba que la información no puede dañar los intereses privados de los bancos depositantes y que las cantidades abonadas por el Banco de España deberían ser públicas.

La Fiscalía respaldó la demanda de Sumar al considerar que la respuesta de Banco de España “se limita a ofrecer una justificación formal”, citando de forma “escueta” algunas disposiciones.

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La Sala de la AN, sin embargo, dio la razón el pasado mes de enero al Banco de España.


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