MADRID, 24 (EUROPA PRESS)
La familia Cassirer ha presentado este lunes 23 de septiembre un escrito ante el Tribunal Supremo de Estados Unidos por el que solicita una ampliación del plazo, hasta el 6 de diciembre de 2024, para presentar un recurso de casación para pedir al Supremo estadounidense que revise la sentencia de la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito de Estados Unidos que confirmó al Museo Thyssen-Bornemisza como propietario legítimo de un cuadro de Camille Pissarro, robado por los nazis en la segunda Guerra Mundial.
“Se ha pedido una extensión para presentar recurso de casación y entre otras cuestiones, lo que se va a argumentar es que California recientemente ha cambiado su ley en relación con el arte robado en la Segunda Guerra Mundial”, ha explicado a Europa Press el abogado Bernardo Cremades Jr., del despacho B. Cremades & Asociados, que representa a la Federación de Comunidades Judías de España (FCJE) y la Comunidad Judía de Madrid –en apoyo de la familia Cassirer–.
Según ha puntualizado, “la nueva ley de California dice específicamente citando el caso de Cassirer que la ley aplicable a esos supuestos de hecho es la de California, incluyendo a procedimientos que se encuentren en curso” como el del Pissarro.
Teniendo en cuenta que esta nueva ley ya tiene efecto en California, los herederos de Lilly Cassirer van a solicitar al Supremo de EE.UU. “que revise la sentencia” del tribunal de apelaciones “para que aplique la ley del Estado de California que dice que tiene que aplicar la ley sustantiva de California, que como dice el propio tribunal de apelaciones, resultaría en que el cuadro debería ser devuelto a los Cassirer”.
La familia de origen judío Cassirer, que lleva más de 20 años litigando contra el Thyssen por la propiedad del cuadro ‘Rue Saint-Honoré por la tarde. Efecto de lluvia’, de Camille Pissarro, robado por los nazis en Alemania en 1939, ha celebrado la noticia de esta nueva ley de California que podría dar la vuelta al caso.
“Es una noticia muy positiva y arroja luz en el caso, es el mecanismo para corregir una situación absolutamente injusta”, ha remarcado el abogado Bernardo Cremades Jr., en declaraciones a Europa Press.
Por su parte, el Museo Thyssen ha preferido no hacer ninguna declaración oficial al respecto mientras siga el proceso.
El litigio se remonta al año 2005 cuando Claude Cassirer, nieto de Lilly Cassirer, interpuso una demanda en California contra el Estado español y la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza. A su muerte, siguieron el litigio sus herederos, y después de 15 años de batalla judicial, en agosto de 2020 el Tribunal de Apelación de los Estados Unidos reconoció a la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza como legítima propietaria del cuadro de Pissarro.
Igualmente, en 2019, un tribunal de Los Ángeles dictaminó que la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza era la legítima propietaria del cuadro ‘Rue Saint Honoré, efecto de lluvia’. Sin embargo, en abril de 2022, el Tribunal Supremo de los EE.UU fallaba a favor de la familia Cassirer y determinaba que debía aplicarse la norma de conflicto de leyes del estado de California (en lugar de la norma federal).
Para llegar a esta conclusión, el Tribunal tenía en cuenta que, “una vez que un Estado extranjero carece de inmunidad de jurisdicción, está sujeto a las mismas reglas de responsabilidad que un ente privado”.
EL ESTADO ESPAÑOL APOYÓ AL THYSSEN
Asimismo, la Abogacía del Estado se personó en 2017 en apoyo de la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza en este litigio. Según el escrito firmado entonces por la abogada del Estado María del Carmen Acedo, la aplicación del artículo 1956 del Código Civil que alegaron la Comunidad Judía de Madrid y la Federación de Comunidades Judías de España no procede en este caso puesto que se exige que exista una sentencia condenatoria contra el que ha hurtado o robado.
Concretamente, los servicios jurídicos del Estado español afirmaban que “la aplicación de la regla especial de prescripción adquisitiva que establece el artículo 1956 del Código Civil español exige inexcusablemente que se haya dictado sentencia firme que declare la existencia de una conducta constitutiva de un ilícito penal por razón de la cual condene a quien pretende adquirir por usurpación con fundamento en la posesión resultante de dicho ilícito”.
Finalmente, el pasado mes de julio, la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito de Estados Unidos ratificó la decisión que tomaba el pasado mes de enero y por la que confirmaba que el Museo Thyssen-Bornemisza era propietario legítimo del Pissarro.
En la sentencia se afirmaba que la decisión se ampara en la aplicación de la Ley de inmunidad soberana extranjera y la jurisprudencia española, no en la ley californiana, como pedía la familia litigante.
URTASUN CREE QUE SE PODRÍA HABER GESTIONADO DE OTRA MANERA
Por su parte, el ministro de Cultura, Ernest Urtasun, admitió el pasado mes de enero que él “habría gestionado de otra manera” el caso del cuadro de Camille Pissarro.
“Es un proceso que viene de muy lejos y los anteriores titulares lo han gestionado de la forma que han creído. Hay una sentencia que tengo que respetar y que respeto. Si me hubiera encargado de este expediente, lo habría gestionado de otra manera”, señaló el ministro.
Fuentes del Ministerio de Cultura reiteraron entonces en declaraciones a Europa Press que “el caso hubiera podido gestionarse de otra manera en el marco de los acuerdos internacionales sobre incautaciones de obras de arte por el régimen nazi”, pero que respetan la decisión judicial.
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