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La Eurocámara respalda la obligación de los operadores energéticos de detectar y reparar fugas de metano para disminuir las emisiones

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BRUSELAS, 10 (EUROPA PRESS)

El pleno del Parlamento Europeo ha apoyado este miércoles exigir a los operadores de los sectores del petróleo, el gas y el carbón la responsabilidad de detectar y reparar fugas de metano con el fin de contribuir a la reducción de emisiones en la UE.

La Eurocámara ha adoptado así el acuerdo político provisional con los países de la UE –que aún debe ser refrendado por el Consejo– sobre una nueva ley para reducir las emisiones de metano del sector energético, con 530 votos a favor, 63 en contra y 28 abstenciones.

El nuevo reglamento es la primera pieza de legislación de la UE destinada a reducir las emisiones de metano y cubre las emisiones directas de metano de los sectores del petróleo, el gas fósil y el carbón, y del biometano una vez que se inyecta en la red de gas.

Esta ley obligará a los operadores a presentar un programa de detección y reparación de fugas de metano a las autoridades nacionales pertinentes 9 meses después de la fecha de entrada en vigor del reglamento y a realizar un primer estudio de sus instalaciones existentes en un plazo de 12 meses.

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Los operadores deberán reparar o reemplazar todos los componentes que presenten fugas de metano inmediatamente después de que se haya detectado una fuga o, a más tardar, cinco días después.

El acuerdo alcanzado por los colegisladores en noviembre también incluye la prohibición de la ventilación y quema de metano desde las estaciones de drenaje para 2025 y desde los pozos de ventilación para 2027.

La nueva ley también obligará a los países de la UE a establecer un inventario de pozos inactivos o abandonados y a establecer planes de mitigación.

RESTRICCIONES AL SECTOR MINERO

De igual modo, los Estados miembro deberán medir e informar continuamente las emisiones de metano procedentes de las minas subterráneas en funcionamiento y de las minas a cielo abierto, además de establecer un inventario público de las minas cerradas o abandonadas en los últimos 70 años y medir sus emisiones, excepto las de aquellas que lleven más de 10 años inundadas.

En el sector minero, la quema de metano se prohibirá a partir del 1 de enero de 2025, mientras que la ventilación se prohibirá desde 2027 en las minas de carbón que emitan más de 5 toneladas de metano por kilotonelada de carbón extraído y desde 2031 en las minas que emitan más de 3 toneladas de metano por kilotonelada de carbón.

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Por su lado, la ventilación y la quema en minas cerradas y abandonadas estarán prohibidas a partir del 1 de enero de 2030.

REQUISITOS PARA IMPORTACIONES

Dado que las importaciones representan más del 80% del petróleo y el gas consumidos en la UE, los colegisladores han acordado que en 2027, los importadores tendrán que demostrar requisitos equivalentes de seguimiento, presentación de informes y verificación a nivel de producción.

Asimismo, se encargará a la Comisión que presente un acto delegado tres años después de su entrada en vigor para establecer clases de intensidad de metano para el petróleo crudo, el gas natural y el carbón comercializados en el mercado de la UE a nivel del productor o de la empresa con el fin de incentivar a los productores con mejores resultados y reducir las emisiones globales de metano, al tiempo que se garantiza la seguridad del suministro y la competitividad internacional de la UE.


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