LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 1 (EUROPA PRESS)
La Consejería de Educación del Gobierno de Canarias ha publicado este jueves la resolución con las instrucciones sobre el uso de los teléfonos móviles y otros dispositivos vinculados a la telefonía móvil en los centros educativos públicos no universitarios del archipiélago, creando así un “marco regulatorio básico común” en esta materia.
La resolución entrará en vigor este viernes, 2 de febrero, y se puede consultar a través del enlace: https://www.gobiernodecanarias.org/cmsweb/export/sites/educacion/web/_galerias/descargas/normativa-internas/20240201-resolucion-instrucciones-telefonos-moviles.pdf, según ha informado la Consejería de Educación del Ejecutivo autonómico.
Al respecto, indica que la limitación afectará principalmente a las etapas de infantil y educación obligatoria (primaria, secundaria obligatoria y FP básica) durante toda la jornada escolar, de tal forma que en los horarios de docencia directa, custodia anterior y posterior a aquella, descansos y recreos, actividades y servicios complementarios, así como en los de las actividades extraescolares el uso del móvil estará limitado, según recoge el texto.
La resolución matiza que en el caso de los centros privados y sostenidos con fondos públicos (concertados) estas limitaciones se podrán adaptar a su organización, en consideración a la legislación específica que los regula y a la propia autonomía de los centros.
El consejero canario de Educación, Poli Suárez, expuso durante la presentación de la medida esta semana que se trata de una decisión adoptada “de manera consensuada tras recabar las opiniones de todas las partes implicadas y palpar el sentir de la comunidad educativa de Canarias”, ya que “lleva tiempo” reclamando la regulación, así como unas pautas sobre el uso de estos dispositivos unificadas para todos los centros.
Suárez indicó que la acción busca “proteger al alumnado y evitarles posibles interferencias y distracciones que puedan afectar a su desarrollo académico”, al tiempo que pone en valor la figura docente y el respeto a profesorado y compañeros dentro de las aulas “ante el posible uso inadecuado de los teléfonos móviles”.
La resolución también prevé acciones de formación sobre el uso seguro y responsable de internet, dispositivos móviles y redes sociales dirigida a toda la comunidad educativa.
Además en la misma se recoge que en infantil y educación obligatoria no estará permitido con carácter general el uso de móviles ni de otros dispositivos vinculados a la telefonía móvil, mientras que “de manera excepcional”, en educación secundaria y FP básica, siguiendo los criterios pedagógicos aprobados por el claustro y con la conformidad del Consejo Escolar, los centros educativos que impartan estas enseñanzas podrán acordar su uso como herramientas de aprendizaje, con fines exclusivamente didácticos.
Además en estos casos equipo directivo, claustro y Consejo Escolar garantizarán que esta decisión “no suponga un agravio comparativo” para el alumnado que no disponga de dispositivo, o cuya familia decida no hacer uso de él, proporcionando el centro los dispositivos necesarios para las tareas que requieran su utilización.
También podrá autorizarse en todas las etapas el uso por razones excepcionales y de necesidad atendiendo a circunstancias personales de carácter médico acreditadas ante la dirección del centro por los representantes legales del alumnado o por el alumnado mayor de edad.
Finalmente, señala que en el marco de la educación secundaria postobligatoria, la educación superior no universitaria y las enseñanzas de régimen especial, serán los centros educativos los que, en función de su autonomía pedagógica y organizativa, y atendiendo a las edades y madurez del alumnado, podrán establecer limitaciones al uso de móviles y otros dispositivos vinculados a la telefonía móvil en sus normas de organización y funcionamiento.
Ante el incumplimiento por parte del alumnado de las normas adoptadas, los propios centros podrán acordar medidas correctoras con carácter recuperador y educativo, y garantizando el respeto a los derechos del alumnado. Entre estas medidas podrá contemplarse incluso la retirada y custodia del dispositivo hasta finalizar la jornada escolar, momento en el que se hará entrega del mismo al alumnado o a las personas que ostenten la condición de progenitoras o representante legal.
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