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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sugiere una posible revisión de las regulaciones que rigen a los auditores de cuentas, con el fin de incrementar su independencia

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MADRID, 15 (EUROPA PRESS)

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha lanzado una recomendación en la que insiste que es importante revisar los estatutos y las funciones del Instituto de Censores Jurados de España (ICJCE) para evitar “generar conflictos de interés y comprometer la independencia e imparcialidad” de la auditoría de cuentas de las organizaciones, ha dicho en un comunicado.

En concreto, la CNMC, que ha analizado el proyecto de real decreto por el que se aprueban los estatutos del ICJCE, recomienda en su último informe que no se atribuyan competencias de supervisión profesional adicionales a lo previsto en la ley y el reglamento de auditoría de cuentas.

Asimismo, ha dicho que deben establecerse medidas suficientes para garantizar que las funciones de regulación y supervisión profesional del Instituto se lleven con “independencia, objetividad, imparcialidad, deber de secreto y confidencialidad”.

Sobre los estatutos, también ha recomendado que se incluya una sujeción expresa a la normativa reguladora del test de proporcionalidad aplicable a la normativa profesional, así como revisar la regulación del sello distintivo dado su potencial impacto sobre los precios, incluyendo su carácter obligatorio.

Además, la CNMC ha pedido que se permita a todos los profesionales capacitados acceder a las actuaciones solicitadas al ICJCE, sin limitarlo por territorio. Y por último, la CNMC ha recomendado que se elimine la posibilidad de que el Instituto de Censores Jurados participe en los honorarios percibidos por sus miembros.

La CNMC recuerda que la actividad de auditoría de cuentas es fundamental para el buen funcionamiento de una economía de mercado “y es fundamental que cumpla elevados estándares de calidad, profesionalidad, independencia e integridad”.

En informes previos, la CNMC ya había advertido de que atribuir competencias a las corporaciones que representan los intereses profesionales para regular y supervisar el acceso a la profesión y su ejercicio puede generar conflictos de interés y comprometer su independencia e imparcialidad.


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