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La CNMV limitará la publicidad de CFD a partir de principios de agosto

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MADRID, 14 (EUROPA PRESS)

La limitación aprobada por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) a la publicidad de los contratos por diferencias (CFD), así como las restricciones a comercializar a minoristas otro tipo de productos de inversión apalancados entrarán en vigor a principios de agosto.

Así se desprende de la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de esta resolución del regulador financiero, que ha tenido lugar este viernes. La entrada en vigor se ha fijado para 20 días después de hoy, lo que equivale al 3 de agosto.

Estas nuevas normas prohibirán la publicidad de estos productos entre inversores minoristas, así como algunas políticas de remuneración y técnicas de venta. También se interviene la comercialización, venta y distribución a minoristas de otros instrumentos apalancados. Según los datos recabados por la Comisión, entre el 70% y el 90% de los clientes que operan con CFD en España sufren pérdidas.

Respecto a la publicidad, además de prohibirse que se dirija al público general, también se prohíbe el patrocinio de eventos, la publicidad de marca y el uso de figuras de relevancia pública.

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Los bróker que comercializan CFD tendrán prohibidas ciertas prácticas de remuneración de la red comercial (vincular retribución al número de clientes captados, a los ingresos que estos generen a la entidad o a las pérdidas que obtengan). También se prohíbe el uso de ‘call centers’, ‘webinarios’ y ‘cuentas demo’ que fomenten la distribución de estos productos a minoristas.

Esas medidas afectarán sobre todo a ocho entidades españoles, que concentran la mayoría del volumen de negociación de estos derivados, con unos 60.000 clientes que registraron pérdidas agregadas de 70 millones de euros en 2021, fecha de los últimos datos disponibles. El volumen negociado a través de CFD en ese año fue de 155.000 millones de euros


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