MADRID, 22 (SERVIMEDIA)
La Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) ha pedido al Gobierno que incorpore nuevos requisitos en la prestación del servicio universal de telecomunicaciones, a partir de la licitación que ha abierto para asignar un nuevo operador desde el año próximo una vez que este 31 de diciembre expire la adjudicación vigente a Telefónica.
Con la nueva Ley de Telecomunicaciones, quedan excluidos de las prestaciones consideradas de servicio universal de telecomunicaciones (las que debe garantizar el Estado para todos los ciudadanos) las cabinas telefónicas, los servicios de consulta telefónica sobre números de abonado y las guías telefónicas. La ley consagra también que la velocidad mínima de acceso a Internet será de 10 Mbps en sentido descendente y nuevas condiciones de asequibiliddad del servicio universal.
En su informe sobre el borrador de orden de licitación, la CNMC plantea que se especifique si esta velocidad mínima es aplicable a todos y cada uno de los usuarios o si se permite algún porcentaje de desviación y en qué condiciones se garantiza dicha velocidad. Además, tal como sucede con la velocidad de bajada, la CNMC cree positivo que se establezca algún requisito de velocidad ascendente y se valoren aquellas propuestas que ofrezcan velocidades de transmisión mayores. Asimismo, ve aconsejable establecer algún requisito relativo al retardo, para garantizar las comunicaciones bidireccionales en tiempo real.
Con la nueva ley, las obligaciones en materia de asequibilidad del servicio universal se extienden a todos los operadores que presten servicios de acceso a Internet y servicios de comunicaciones vocales, incluyendo al operador designado para prestar el servicio universal. Además, por primera vez se exige a los operadores que apliquen precios asequibles no sólo en relación con los servicios de comunicaciones vocales, sino también por la prestación del servicio de acceso a internet de banda ancha.
La CNMC propone que se considere incorporar alguna previsión sobre la asequibilidad del servicio de acceso a internet tanto para jubilados y pensionistas con renta familiar baja, como para determinados colectivos como “usuarios ciegos o con grave discapacidad visual y usuarios sordos o mudos o con graves dificultades auditivas o del habla”.
Con la nueva ley, la CNMC supervisará la evolución y el nivel de la tarificación al público de los servicios incluidos en el servicio universal y podrá exigir la modificación o supresión de las opciones o paquetes de tarifas ofrecidos por los operadores a los consumidores con rentas bajas o con necesidades sociales especiales, competencia que también se atribuye como novedad a este organismo por la Ley General de Telecomunicaciones.
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