MADRID, 26 (EUROPA PRESS)
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado con 196.000 euros en total a cuatro operadores de telecomunicación (Dialoga, Opera, Incotel e IGB) por “dificultar diferentes procesos de portabilidad fija o de red inteligente” que afectaron a varios clientes empresariales, según ha informado el organismo en un comunicado.
Según la CNMC, estas compañías hicieron un “uso incorrecto” de las causas de denegación para realizar el cambio de compañía y, en concreto, ha multado a Dialoga con 108.600 euros, a Opera con 4.800 euros, a Incotel con 3.600 euros y a IGB con 600 euros.
En concreto, Dialoga y Opera obstaculizaron la portabilidad de un cliente empresarial, titular de 19 números de red inteligente 902, desde mayo de 2019 hasta marzo y junio de 2022.
Asimismo, Dialoga, Incotel e IGB retrasaron la portabilidad de 25 números geográficos en marzo y abril de 2021, mientras que Dialoga retrasó la portabilidad de un número de red inteligente 900 en mayo de 2021. A ello se suma que Incotel retrasó la portabilidad de dos clientes empresariales en abril y mayo de 2021.
“El 23 de junio de 2023 los cuatro operadores remitieron escritos reconociendo su responsabilidad y su voluntad de pagar anticipadamente las sanciones (que quedaron reducidas en un 40% tras este reconocimiento)”, ha detallado la CNMC.
En este contexto, el 20 de septiembre de 2021 Telefónica denunció ante la CNMC a Dialoga, Incotel e Internet Global Business (IGB) por “dilatar u obstaculizar, como operadores donantes, la portabilidad de cinco clientes empresariales”.
En tanto, el 12 de mayo de 2022 la Sala de Supervisión Regulatoria de la CNMC resolvió el conflicto de portabilidad planteado por Orange España contra Dialoga y Opera por la denegación de las portabilidades de 19 números de red inteligente 902 pertenecientes a un cliente empresarial.
“En dicho procedimiento se constató que Dialoga y Opera habían obstaculizado la portabilidad a favor de Orange de diecinueve (19) números de red inteligente 902 pertenecientes al mismo cliente empresarial”, señala la resolución del procedimiento sancionador de la CNMC.
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