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La Campaña de la Renta 2024 inicia esta semana con la presentación a través de la página web

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MADRID, 31 (SERVIMEDIA)

La Agencia Tributaria comienza este miércoles, 2 de abril, la Campaña de la Renta 2024, que se iniciará con la presentación de la declaración a través de la web. El plazo de este año se extiende hasta el próximo 30 de junio.

El calendario de la Agencia Tributaria también contempla otras fechas para los contribuyentes que deseen presentar su declaración a través de otras vías.

Así, el 29 de abril se abrirá la solicitud de cita para atención telefónica. A partir del 6 de mayo, estará disponible la presentación de la renta mediante atención telefónica, mientras que el 29 de ese mes se abrirán las solicitudes de cita para la atención presencial.

Las personas que soliciten este tipo de atención podrán empezar a presentar sus declaraciones en las oficinas desde el 2 de junio. La fecha límite para solicitar cita es el 27 de junio, ya que el 30 terminará la Campaña de la Renta 2024. Los contribuyentes también deben recordar que el 25 de junio es la fecha límite para domiciliar la renta a ingresar.

Desde el pasado 19 de marzo, los contribuyentes pueden consultar sus datos fiscales correspondientes a 2024, para revisar la información económica y patrimonial. El acceso a esa documentación se puede hacer a través de la aplicación o de la sede electrónica. Para este trámite, se requiere certificado electrónico, cl@ve o el número de referencia del borrador, que se puede pedir desde el pasado 12 de marzo.

Ese número de referencia permite gestionar los servicios de esta Campaña y de las anteriores. No obstante, si ya se contaba con este identificador de ocasiones anteriores, esta vez no será válido, por lo que los contribuyentes deben obtener uno nuevo.

Para obtenerlo, deben introducir la casilla 505 de la declaración de la Renta 2023. Estas gestiones se pueden realizar a través de la aplicación de la Agencia Tributaria o número de referencia. Si es la primera vez que el contribuyente accede a sus datos fiscales del ejercicio 2024, tendrá que ratificar o modificar la información con la que cuenta la Agencia Tributaria.

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Seguirán sin tener que declarar la Renta los trabajadores que ingresen menos de 22.000 euros al año si no han recibido más de 1.500 euros a partir de un segundo pagador o más, como recuerdan los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha).

No obstante, en esta campaña se eleva la obligación de declarar, independientemente del número de pagadores, para aquellos que perciban rentas del trabajo inferiores a 15.876 euros, en paralelo a la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de 2024.

Además, este año la reducción fiscal máxima por rendimientos del trabajo pasa a 7.302 euros, frente a los 6.498 euros de la Campaña de 2023.

NOVEDADES EN LA CAMPAÑA

Este año, los contribuyentes podrán pagar sus declaraciones de la renta a través de bizum, como una nueva forma de pago que se suma a las tradicionales, como la domiciliación bancaria o el pago en una sucursal.

A la hora recurrir a bizum, los técnicos de Hacienda apuntaron que los contribuyentes deberán comprobar los límites específicos de cada banco ante el uso de este servicio para asegurarse de que la cantidad que tiene que pagar a Hacienda se encuentra dentro de los márgenes permitidos. También deberán tener en cuenta las condiciones particulares de cada entidad en el pago por bizum a organismos públicos.

Otra de las novedades de la Campaña de 2024 es que todas las personas que recibieron prestaciones por desempleo deberán presentar la declaración de renta, incluso si el importe percibido queda por debajo de los 15.876 euros. Esto no responde a una razón tributaria, sino a un requisito de la Seguridad Social. De esta forma, aquellos que no declaren esta prestación o subsidio podrían perderlos.

En esta campaña, también se introducirá un sistema único para la corrección de las autoliquidaciones, que sustituirá al actual sistema dual de autoliquidación complementaria y solicitud de rectificación. De esta forma, el obligado tributario podrá rectificar, completar o modificar la autoliquidación presentada con anterioridad, con independencia del resultado de la misma, sin necesidad siquiera de esperar a una resolución administrativa en el caso de solicitud de rectificación.

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Para los inversores en monedas virtuales, Gestha advierte de que la Agencia Tributaria cuenta con la información de saldos y operaciones en monedas virtuales, suministrada por las entidades residentes en España que intervienen en esas transacciones.

En cualquier caso, los criptoinversores con monedas fuera de España por valor conjunto de más de 50.000 euros deberán haber presentado antes del 31 de marzo el modelo 721 informativo de monedas virtuales situadas en el extranjero correspondiente a 2024.

Otra de las novedades de esta campaña es la deducción por maternidad, en línea con la sentencia del Tribunal Supremo de 8 de enero de 2024. Las madres pueden aumentar en 1.000 euros adicionales por gastos de guarderías del hijo menor de tres años.

Por tanto, ya no hará falta que estén matriculados en centros de educación infantil autorizados, sino que también servirá con que estén en guarderías que tengan la autorización de apertura y funcionamiento, sin que se exija contar con la autorización de la Administración educativa.

MEDIDAS POR LA DANA

Las ayudas los daños materiales o destrucción de bienes por la dana están exentas, incluida la indemnización del Consorcio de Compensación de Seguros que a efectos del IRPF también se considera ayuda.

Sin embargo, Gestha apuntó que existen dos consideraciones. Si el importe de las ayudas, incluida la indemnización del Consorcio, es inferior al valor de adquisición del elemento patrimonial destruido o dañado, se producirá una pérdida patrimonial en el IRPF.

Por el contrario, si se recibieron ayudas e indemnizaciones del Consorcio por encima del valor de adquisición, habrá una ganancia patrimonial, pero se excluye de gravamen si la ganancia es inferior al importe de las ayudas y de la indemnización del Consorcio.

Las ayudas para reparar daños materiales en los bienes arrasados por la dana, incluyendo de nuevo la indemnización del Consorcio, se integra como ganancia patrimonial únicamente si supera el coste de la reparación.

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Gestha señaló que no se considerarán gastos deducibles los costes de reparación, hasta el importe de la ayuda más la indemnización, y tampoco se podrán computar como mejora a efectos del valor de amortización o de transmisiones futuras.

Los afectados que recibieron ayudas por daños personales por la dana tampoco tendrán que tributar por ellas en esta Campaña de la Renta. Esta exención también se aplicará a las ayudas percibidas por el desalojo temporal o definitivo de la vivienda habitual o del local comercial en que se ejercía una actividad económica en los municipios afectados.

También estarán exentas de tributación en el IRPF las cantidades pagadas con carácter extraordinario por los empleadores para sufragar los daños personales y daños materiales en vivienda, enseres y vehículos de sus empleados y sus familiares por la dana.

Por su parte, los autónomos afectados por la dana tendrán ventajas fiscales en la declaración de la renta de este año. Los trabajadores por cuenta propia en módulos con actividad económica en las zonas afectadas cuentan con una reducción del 25% del rendimiento neto de módulos en el IRPF, adicional a la general del 5% establecida para 2024, y del 25% de las cuotas en el régimen simplificado del IVA, como apuntaron desde Gestha.

Otra de las particularidades para los autónomos es que se les permitirá renunciar “excepcionalmente” a aplicar el régimen de módulos en la declaración de IRPF 2024. De esta forma, tributarán en en estimación directa simplificada, sin que sea necesario cumplir con las obligaciones formales específicas previstas para el régimen de simplificada.

Asimismo, los contribuyentes autónomos que renunciaron al régimen de módulos para IRPF 2024 pudieron mantener la tributación en el IVA por el régimen simplificado en el cuarto trimestre de 2024. Esta renuncia a módulos para 2024 no impedirá que el contribuyente pueda volver a aplicar el sistema de módulos en 2025 o 2026.


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