La defensa afea al tribunal su “costumbre carcelaria”, pero la Sala le responde que él ya ha eludido la acción de la justicia antes
MADRID, 12 (EUROPA PRESS)
La Audiencia Nacional ha acordado nuevamente rechazar la petición de libertad provisional del ex jefe de la Inteligencia venezolana Hugo ‘El Pollo’ Carvajal afeándole que en su caso no se trata de una “costumbre carcelaria” de la Sala de lo Penal en extradiciones sino que, dado que su entrega a EEUU pende únicamente de la resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), “el riesgo de fuga, sin duda, se acrecienta”.
Así responde la Sección Tercera de la Sala de lo Penal al recurso de súplica presentado por la defensa de Carvajal en el que insistía en su puesta en libertad provisional mientras llegaba la decisión del TEDH sobre su caso. Mencionaba que a “los independentistas catalanes”, tribunales de países como Bélgica, Italia, Irlanda o Suiza les dejaron en libertad a la espera de decisiones judiciales, pero la Audiencia Nacional no entra en su auto a comentar esa comparación.
En la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, el tribunal cree que la defensa de Carvajal ignora su situación procesal y el estado del procedimiento de extradición, y le recuerda que la decisión de entrega es firme tanto en vía jurisdiccional como administrativa.
Considera que este hecho es relevante para valorar ese riesgo de fuga, máxime cuando hay un “dato cierto”, y es que Carvajal eludió a la justicia anteriormente “ya que no materializo su puesta a disposición de aquella hasta transcurridos casi dos después desde que se decretó su busca y captura”. Echa en cara a la defensa que en su escrito “prescinda” de este hecho relevante.
USO DE MEDIOS TELEMÁTICOS
En cuanto a la posibilidad que planteaba la defensa de que se recurriera a medios telemáticos, como una pulsera, para tener localizado Carvajal mientras permanecía en libertad provisional, el tribunal indica que ya en el auto de 12 de enero se explicaba que no era posible sustituir la prisión por otras medidas “cuando ya ha existido una fuga durante casi dos años” y dado que se trata de una persona “con conocimientos y recursos para, en libertad, sustraerse del procedimiento y así evitar la entrega”.
La Sala entiende además que no se da una quiebra del derecho a la defensa por que permanezca en prisión y recurre a jurisprudencia, relativa al caso Gürtel, para recordar que la limitación de las comunicaciones con el abogado por estar en prisión “no supone la vulneración de su derecho de defensa”.
En su recurso, la defensa había afeado a la Sala de lo Penal que no le concediera la libertad y acusaba al tribunal de mantener “una práctica carcelaria” en casos de extradición como el suyo, señalando que iban en contra del principio de excepcionalidad de la prisión preventiva.
Por eso, además, solicitaba al tribunal que convocara en audiencia pública tanto a la defensa como al Ministerio Fiscal para sustanciar sus argumentos. A esto, la Sala responde que no porque la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) otorga dicha posibilidad “en aquellos supuestos en los que el auto recurrido en apelación acuerde la prisión provisional inicial de alguno de los investigados”, y este no es el caso porque sólo se rechaza “una de tantas pretensiones de libertad provisional efectuadas”.
RECLAMADO POR EEUU
El que fuera jefe de Contrainteligencia Militar con Hugo Chávez y Nicolás Maduro está perseguido en EEUU por hechos que se produjeron entre 1999 y 2019, cuando habría pertenecido al llamado ‘Cártel de los Soles’, una organización criminal supuestamente gestionada por cargos ‘chavistas’ que, con la presunta colaboración de las FARC y otros grupos armados, habría introducido grandes cantidades de droga en Estados Unidos.
‘El Pollo’ está en poder de las autoridades españolas desde el pasado 9 de septiembre, cuando fue detenido por la Policía Nacional, durante un operativo conjunto con la DEA estadounidense, en un piso de Madrid donde vivía “totalmente enclaustrado”, según informó entonces el cuerpo de seguridad.
Su captura reactivó el proceso de extradición a Estados Unidos, que quedó aprobada en 2020 pero no había podido materializarse porque Carvajal se fugó en noviembre de 2019, aunque su defensa recalca que nunca llegó a salir de España.
Antes de su huida, Carvajal pidió un primer asilo alegando que era víctima de una persecución política porque las autoridades norteamericanas le situaban dentro del círculo de confianza de Maduro.
Esta solicitud inicial le fue denegada el mismo 2019, pero no tuvo conocimiento formal de ello hasta el pasado mes de septiembre. Entonces, reaccionó intentando que Interior revirtiera su decisión, sin conseguirlo.
Carvajal lanzó una segunda petición de asilo poniendo en valor el “proceso de colaboración” con la Justicia española que inició tras ser capturado y que derivó en la reapertura de una causa sobre la presunta financiación ilegal de Podemos que fue archivada en 2016.
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