La Sala explica que los recurrentes no han podido “proponer la práctica de diligencias” correspondientes
MADRID, 23 (EUROPA PRESS)
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (AN) ha revocado el archivo provisional acordado el pasado mes de julio por la jueza María Tardón para Alcoa y sus representantes recordando que la investigación “no ha finalizado” y señalando que todavía están “pendiente de resolverse” las personaciones de supuestos perjudicados.
En un auto de este jueves, al que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados de la Sección Tercera explican que el sobreseimiento dictado el pasado 21 de julio para Alcoa Inespal y sus representantes Kai Rune Heggland, Álvaro Dorado Baselga, Ignacion León Moro y Christine Keener “resulta prematuro”.
La Sala acoge el recurso de una acusación y explica que los apelantes no han podido hasta la fecha “proponer la práctica de diligencias de investigación tendentes a mantener la imputación” tanto de la compañía como sus representantes.
“Por todo lo que procede, a criterio del Tribunal, la estimación del recurso de apelación que nos ocupa, y la consiguiente revocación de la decisión recurrida, por prematura, al estar todavía en trámite, y no concluida, la fase de investigación o instrucción de la causa dimanante de la querella de autos”, añade la Sala.
LOS MOTIVOS PARA EL ARCHIVO
La titular del Juzgado Central de Instrucción Número 3 tomó la decisión de archivar para Alcoa y sus representantes después de que la empresa y sus ex trabajadores llegasen a un acuerdo por el cual los sindicatos renunciaron a seguir ejerciendo acciones penales y civiles contra la compañía y sus directivos, si bien la magistrada optó entonces por un sobreseimiento provisional, en lugar del definitivo que solicitaba la mercantil.
Entonces, la instructora toma nota del desistimiento de la Confederación de Cuadros Profesionales (CCP), CCOO de Industria, Federación de Industria de UGT y Federación de Industria de USO respecto a esas cuatro personas y Alcoa, aunque manteniendo sus pretensiones como acusación particular para el resto de querellados.
Tardón explicó en su resolución que optó por el archivo provisional, “teniendo en cuenta precisamente el momento procesal”, ya que “todavía no está concluida la instrucción y no es absolutamente descartable que la práctica de nuevas diligencias aporte distintos elementos de prueba que aconsejen ampliar la imputación a algunas de las personas respecto de las cuales no se aprecian en este momento indicios suficientes de culpabilidad”.
Además subrayó que, en línea igualmente con el Ministerio Fiscal, se trataba de un archivo parcial por cuanto solo afectaba a Alcoa y sus cuatro representantes, continuando las indagaciones judiciales para el resto de investigados.
Los sindicatos renunciaron a seguir ejerciendo la acusación contra Alcoa después del acuerdo transaccional alcanzado el pasado 11 de mayo por las partes, el cual sirvió para que sus “pretensiones laborales” quedaran “plenamente satisfechas”, no “teniendo nada que reclamar” a la mercantil, según indicaron en su escrito.
EL ‘CASO ALCOA’
La causa comenzó a finales de 2020, cuando CCP presentó una querella, a la que posteriormente se sumaron los demás sindicatos, por “la existencia de diversas irregularidades” en la venta de las fábricas de aluminio de A Coruña y Avilés por un presunto incumpliendo de los acuerdos alcanzados con la propietaria inicial y con los representantes de los trabajadores, según la magistrada.
La juez sostiene que el 31 de julio de 2019, ante la “difícil situación económica que atravesaban los centros de producción” de A Coruña y Avilés, Alcoa vendió el 100% del capital social de ambas fábricas a las mercantiles ALU HOLDING AC y ALU HOLDING AVL, “creadas de forma inmediata anterior por su propietaria, la sociedad suiza Blue Motion Technologies AG (Parter Capital Group)”.
Esta última, a su vez, “en pocos meses, e incumpliendo los términos del acuerdo de venta de 31 de julio de 2019, vendió el 74,67% de las participaciones sociales a la sociedad española System Capital Management, que actualmente ha pasado a denominarse Iberian Green Aluminiun Company, sociedad también constituida inmediatamente antes de la operación de venta”.
“Y, del resultado de las investigaciones hasta el momento practicadas, lo que se desprende es que las actuaciones que pudieran ser constitutivas de los delitos hasta el momento investigados se derivan de la sucesión de hechos que tienen lugar a partir de esta segunda e irregular transmisión de las dos factorías, por parte del grupo suizo de inversión Parter Capital, a través de su sociedad participada Blue Motion Technologies, a System Capital Management”, apuntó Tardón.
Por parte de los representantes, administradores y responsables de los diferentes ámbitos de gestión se habría desplegado -señala la instructora– “una concatenada y reiterada sucesión de hechos que tendrían como objeto la descapitalización y despatrimonialización de las entidades y sus iniciales activos, y su desvío y canalización, bien hacia su propio patrimonio personal, bien a las estructuras societarias que han ido configurando ‘ad hoc’ para apoderarse de aquéllos”.
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