El tribunal apunta a una “insuficiencia probatoria” derivada de la “rápida reacción policial” al conocimiento de la presencia de los condenados en España
MADRID, 10 (EUROPA PRESS)
La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional ha rebajado en un año la pena impuesta a dos colaboradores de una célula yihadista que, junto a un tercero, el exrapero Abdelmajed Abdel Bary que fue hallado muerto en prisión tras el juicio, pretendían establecerse en España tras llegar en una patera a las costas de Almería en abril de 2020.
En una sentencia, recogida por Europa Press, los magistrados estiman parcialmente el recurso de los dos condenados y les condena a 5 y 6 años de prisión al cambiar el delito de pertenencia a organización terrorista que les atribuyó la Sección Segunda por el de colaboración. Entiende la Sala que su conducta no tuvo la suficiente intensidad como para condenar por el primero de los delitos.
De esta forma, Abderrezak Seddiki resulta condenado a 6 años de cárcel por colaboración y falsedad en documento oficial –delito este último que se mantiene– frente a los 7 iniciales, mientras que a Kossaila Chollouah se le imponen 5 años de cárcel por el primero de los delitos frente a los 6 de la instancia.
La resolución, ponencia del magistrado Eloy Velasco, explica que la acción imputada a los dos acusados no parece suficiente y no cuenta con prueba suficiente como para condenar por pertenencia a Estado Islámico (Daesh), aunque sí para hacerlo por un delito homogéneo de colaboración, una diferencia que de acuerdo con la doctrina del Tribunal Supremo se articula “en función de la especial intensidad que pueda observarse en el contenido del aporte a la organización”.
En la sentencia, el tribunal achaca esa “insuficiencia probatoria” a la “rápida reacción policial al conocimiento de la presencia de Abdel Bary y los dos recurrentes en territorio nacional”.
Según explica el tribunal, el aporte de los condenados a la organización terrorista consistió en reunirse en Argelia con el miembro de Daesh Abdel Bary y ayudarle a entrar en territorio Schengen en patera, además de ponerle en contacto con otros miembros de la organización terrorista y ayudarle a financiar el traslado, manutención y estancia en una primera localidad y después en Almería, todo ello con fuertes medidas de seguridad.
LA FIGURA DE ABDEL BARY
Por último, recuerda que Abdel Bary, a quien ayudaron a entrar en España, “durante 7 años continuadamente ha seguido, expandido y ejecutado los postulados ideológicos supremacistas, intolerantes, excluyentes, radicales y antioccidentales” de la organización terrorista Estado Islámico.
Y apunta que lo hizo “mediante el ejercicio de la violencia en que él mismo ha participado activamente –véase su imagen portando la cabeza de un decapitado en la plaza de Raqa–, su capacitación militar en las últimas técnicas de guerra y su contrastada militancia activa, reclutando incluso ciudadanas de origen español para incorporarlas a las filas de tal estructura terrorista”.
Por eso, considera que los dos condenado ayudarn a integrar –con suficiente financiación rápida– en territorio Schengen “a alguien apto para realizar cualquiera de los delitos terroristas –desde captar y reclutar nuevos adeptos, hasta cometer un atentado–, que exterioriza el riesgo abstracto castigado y coadyuva a uno de los fines expansionistas del terror que pretende entre sus objetivos el Daesh mediante la infiltración en Occidente de los llamados retornados”.
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