MADRID, 03 (SERVIMEDIA)
La Agencia Negociadora del Alquiler defendió este lunes que “cuando un okupa entra ilegalmente en una vivienda, ya sea por razones de vulnerabilidad o no, debe ser desalojado por las fuerzas de seguridad, dotándolas de las competencias necesarias para intervenir, al igual que ocurre cuando un ladrón es detenido por robar”.
“Este enfoque administrativo evitaría la intervención judicial, que a menudo retrasa los procedimientos debido al carácter garantista de nuestro sistema judicial, al mismo tiempo que aliviaría la carga de trabajo de los tribunales, permitiéndoles centrarse en otros asuntos”, declaró la ANA en un comunicado.
A su juicio, la “única solución viable para erradicar, de una vez por todas, el fenómeno de la okupación de viviendas” debe ser administrativa, delegada en los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, tal como sucede en otros países de Europa.
“Los esfuerzos deben orientarse, no en legislar procedimientos más rápidos para desalojar a los okupas, que en la práctica no están dando resultados efectivos, sino en dotar a nuestros cuerpos de seguridad con las herramientas necesarias para actuar de inmediato ante una ocupación”, agregó.
Y añadió que, ya sea en un plazo de 24 horas, como ocurre actualmente, o en un plazo mayor, “lo cierto es que para este tipo de ilegalidades no deben existir plazos de actuación, si no que se debe actuar a partir de cuando se descubre la comisión del delito”.
Además, la ANA sostuvo que se debe obligar a que todos los contratos de arrendamiento sean por escrito, eliminando así los acuerdos verbales que hoy en día siguen siendo una fuente de conflicto.
También solicitó crear un registro público de contratos de arrendamiento con inscripción obligatoria para todos los alquileres de viviendas, similar a los que ya existen en diversas comunidades autónomas. Esta inscripción debería producir efectos jurídicos frente a terceros.
De esta forma, según la ANA, las fuerzas de seguridad podrían verificar, de manera telemática cuando visitan las viviendas okupadas, si el contrato de arrendamiento presentado por los okupas está registrado. Si no lo estuviera, podrían proceder inmediatamente al desalojo.
Aunque esta medida, a su parecer, puede no parecer “la más popular desde una perspectiva social”, aclaró que no es “aceptable” que se vulneren los derechos de los propietarios, quienes se ven “obligados a soportar un problema cuya solución debería corresponder al Estado”.
“Este debe garantizar viviendas suficientes para atender a los colectivos más vulnerables, sin recurrir a legislaciones intervencionistas que desincentivan a los arrendadores y reducen la oferta de alquiler”, zanjó la ANA.
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