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La Agencia de Seguridad Ferroviaria transmite las sugerencias de accesibilidad del Cermi a Ouigo e Iryo

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MADRID, 22 (SERVIMEDIA)

La Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria (AESF), organismo encargado de certificar los trenes que pueden circular por España, ha trasladado a Ouigo e Iryo las recomendaciones del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) para mejorar la accesibilidad de sus trenes.

Así se lo ha comunicado la AESF al Cermi en una carta a la que ha tenido acceso Servimedia y en la que el presidente de esta agencia, Pedro Lekuona, agradece al presidente del Cermi, Luis Cayo Pérez Bueno, “el profundo análisis realizado sobre las condiciones de accesibilidad de los vehículos con los que estas dos compañías están dando servicio en la Red Ferroviaria de Interés General (RFIG) y que, si están de acuerdo, trasladaremos a las mismas para su conocimiento”.

De esta manera, dicho ‘Informe básico de accesibilidad en el material rodante de las compañías ferroviarias de larga distancia Ouigo e Iryo’, que ha sido realizado por la Fundación ONCE, podrá ser tenido en cuenta durante la explotación de los trenes o en la compra de nuevos vehículos en el futuro.

Algunas de las posibles mejoras detectadas por el Cermi se refieren a la señalización de las zonas de uso de las sillas de ruedas, la instalación de cinturones o sistemas de anclaje, las dimensiones de los baños o el diseño de los escalones.

El objeto de la AESF es ejercer como autoridad responsable de la seguridad ferroviaria y llevar a cabo las funciones relacionadas con la interoperabilidad del sistema ferroviario de competencia estatal, donde se incluyen especificaciones técnicas (ETI) sobre accesibilidad desde 2014.

Desde el 1 de noviembre de 2020, el procedimiento de autorización de vehículos ferroviarios establece que se deberán evaluar las ETI correspondientes y aquellas normas técnicas nacionales que hayan sido notificadas y que se apliquen en una serie de casos establecidos por la Directiva de Interoperabilidad.

Para el caso de los vehículos ferroviarios, y en el marco de la ETI de accesibilidad, no es aplicable ninguna norma nacional notificada en el proceso de autorización. Por ello, cualquier regulación existente a nivel nacional, no puede ser exigida por la AESF en un proceso de autorización de vehículos ferroviarios y debe ser la misma entidad operadora del vehículo quien establezca qué otra normativa es de aplicación, siempre y cuando no contradiga a lo establecido por la ETI correspondiente.

Esto supone que los Estados miembros no pueden prohibir, restringir o dificultar en su territorio la construcción, la entrada en servicio y la explotación de subsistemas de carácter estructural constitutivos del sistema ferroviario de la Unión si estos cumplen los requisitos esenciales. En particular, no pueden exigir verificaciones que ya se hayan efectuado en el marco del procedimiento de expedición de la declaración ‘CE’ de verificación; o en otros Estados miembros, con el fin de comprobar el cumplimiento de requisitos idénticos en condiciones idénticas de funcionamiento.

En concreto, los trenes de Iryo, la serie 109, recibió en 2023 su primera autorización para circular en RFIG en España, siendo la entidad de autorización la AESF. En ese registro se recoge que la serie es conforme con la ETI de PMR, incluyendo la modificación introducida en 2019, cumpliendo también con el caso específico para la posición del escalón de entrada y salida al vehículo.

En cuanto a la serie 108, los trenes de Ouigo, se trata de vehículos que no se autorizaron inicialmente para circular en la RFIG, sino que el solicitante tramitó una nueva autorización para vehículos que, en origen, circulaban tan sólo en la red francesa.

El procedimiento establecido para ello exige que sólo se evalúen aquellos elementos imprescindibles para la circulación segura en la nueva red y aquellos requisitos que se vean impactados por los elementos que hayan sido modificados.

Así, para estos vehículos que ya estaban autorizados para circular en Francia y certificados de conformidad con la ETI de PMR en su versión de 2007, cuando recibieron su nueva autorización para circular en España los únicos aspectos referentes a la ETI de PMR que se evaluaron fueron la posición del escalón, requerida como caso específico por la misma ETI, y ciertas modificaciones de interiorismo realizadas.


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