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Junts propone dar más margen de actuación a las ETT y que puedan hacer contratos fijos o discontinuos

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Quiere que sea obligatorio convertir a fijo al trabajador cuando haya sido puesto a disposición de una empresa más de tres años

MADRID, 29 (EUROPA PRESS)

Junts ha presentado una batería de enmiendas al proyecto de ley sobre condiciones laborales transparentes y previsibles con el objetivo de dar más margen de actuación a las Empresas de Trabajo Temporal (ETT) y que puedan hacer contratos fijos ordinarios y se blinden los discontinuos.

Los independentistas plantean con sus enmiendas, recogidas por Europa Press, introducir varias disposiciones adicionales nuevas al texto que ahora se encuentra tramitación para reformar la ley por la que se regulan este tipo de empresas, que data de 1994.

Aunque esta normativa ya permite en su artículo 10 a las ETT la elaboración de contratos fijos-discontinuos, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) discrepó recientemente de este criterio y negó a un trabajador el derecho a percibir la prestación por desempleo tras haber encadenado varios contratos fijos discontinuos con la ETT.

Por ello, Junts plantea ahora una reforma legislativa en varios puntos del articulado para que estas empresas puedan realizar puestas a disposición de trabajadores con contratos fijos ordinarios o discontinuos, sobre todo teniendo en cuenta las necesidades estacionales que tienen muchas empresas usuarias.

Asimismo, Junts ensalza a estas ETT, conocidas como agencias de empleo en Europa, por aportar elementos cualitativos que introducen elementos de igualdad en la retribución, prevención de riesgos laborales, formación, orientación e inserción en el mercado de trabajo de colectivos necesitados de acceso al mismo, bien sea por primera vez o de reingreso por haberse visto excluidos del mercado.

También destacan de estas empresas su capacidad para afrontar desafíos como la tasa desempleo juvenil, el paro de larga duración o el de personas mayores de 50 años.

DEFIENDE QUE SU REFORMA SE AJUSTA A LA LEGALIDAD EUROPEA

Además, la formación defiende que la modificación que plantean es “plenamente compatible” con la regulación europea en materia de empresas de trabajo temporal y con una sentencia del 2022 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que determina que estas empresas pueden cubrir puestos de trabajo permanentes siempre que lo hagan con carácter temporal.

En términos legislativos, los de Carles Puigdemont quieren primero que los contratos de puesta a disposición entre una ETT y una empresa usuaria, tanto a tiempo completo como parcial, puedan celebrarse “en los mismos supuestos y bajo las mismas condiciones y requisitos” en que la empresa usuaria podría hacer un contrato fijo discontinuo.

Así, la relación laboral de la persona cedida por la ETT debiera ser de naturaleza indefinida ordinaria o fija-discontinua, rigiéndose por lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores. Pero Junts quiere que sea obligatorio hacer fijo al trabajador cuando en un periodo de cuatro años (48 meses) haya sido puesto a disposición más de tres años (36 meses), con o sin solución de continuidad, en una misma empresa usuaria.

Por otro lado, una de las enmiendas de los independentistas dice que siempre que las personas trabajadoras puestas a disposición estén contratadas bajo la modalidad de un contrato indefinido ordinario o fijo-discontinuo, los contratos de puesta a disposición en ningún caso computarán a efectos de los límites de contratación temporal que pudieran establecerse en la ley.

Por último, Junts quiere los umbrales numéricos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores para el traslado, la modificación sustancial de condiciones o el despido, realizados por la ETT respecto de las personas trabajadoras puestas a disposición, estén referidos a las puestas a disposición en el mismo centro de trabajado administrativo de la empresa temporal.


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