MADRID, 1 (EUROPA PRESS)
La asociación Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD) aboga por suprimir la distinción entre juez y magistrado, menos en el Tribunal Supremo, para evitar traslados forzosos que dificulten conciliar a los miembros de la carrera judicial.
Para el portavoz de la asociación de jueces, Edmundo Rodríguez, “unificar las categorías de magistrado y juez propiciaría mayor estabilidad en los destinos judiciales y un mejor servicio a la ciudadanía”, pues “evita el ascenso forzoso con el consiguiente traslado, afectando a la conciliación de la vida profesional y familiar de las jueces y jueces”.
Y la reclamación, que JJpD hace desde hace “treinta años”, pide que se haga en la anunciada reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), según una nota informativa que ha difundido este sábado.
JJpD señala que la carrera judicial está configurada en la actualidad en tres categorías: juez, magistrado y magistrado del Tribunal Supremo. Al hilo, precisa que “la promoción de la categoría de jueza a la condición de magistrada, pues la gran mayoría son mujeres, siempre ha sido problemática, pues obliga a cambios de destino indeseados, propicia que haya juzgados con una alta tasa de traslados y destinos poco reclamados, a los que suele abocarse a quien son ascendidos”.
El portavoz indica que el actual sistema “perjudica el servicio que se presta a la ciudadanía, profesionales del derecho y sociedad y perturba, también, el desarrollo personal y familiar de la judicatura, al imponer cambios de domicilio y sacrificios innecesarios”.
“Si la razón de la distinción entre la condición de juez y magistrada es la mayor responsabilidad y experiencia, hoy en día se ha desdibujado y carece de justificación, porque juezas y jueces son destinados, mientras permanecen en la Escuela Judicial, a realizar prácticas en tribunales de la categoría superior”.
Además, agrega que “una vez superada la fase de Escuela Judicial, como primeros destinos se ofertan numerosas plazas de magistrado o magistrada que no se cubrieron por los concursos ordinarios de traslados, quedando desiertas”. En estos casos argumenta que “personas que acaban de ingresar en la carrera judicial pueden optar por ejercer en tribunales o juzgados que debieran servir quienes ostentan una categoría superior”.
DISCRIMINACIÓN
Seguidamente expone que “también quienes integran la categoría de juez y sirven como Jueces en expectativa de destino o Jueces de Adscripción Territorial, son destinados a trabajar en juzgados y tribunales que están reservados a la categoría de magistrado”.
A su juicio, “la experiencia demuestra, en general, que en estos casos la actividad jurisdiccional no se resiente, ni se produce extrañeza o quejas”, agregando que “el sistema acepta con naturalidad que personas que son jueces o juezas, atiendan responsabilidades propias de magistrados o magistradas”.
Rodríguez afirma que la diferenciación entre juez y magistrado supone un innecesario perjuicio para quienes ascienden de categoría, “pudiendo obligar a cambios de destino que perjudican personal y familiarmente a la judicatura y al servicio que prestan en juzgados y tribunales, pues los cambios generan disfunciones y afectan a la calidad y continuidad del servicio que se presta”.
“Se produce una palpable discriminación de los jueces y juezas que sirven en órganos de la magistratura, al realizar una prestación que está previsto tenga una retribución superior, que no se reconoce, generando una litigiosidad innecesaria cuando se reclama el reconocimiento a percibir la base retributiva superior”, afirma.
JJpD sostiene que debe aprovecharse la reforma legal en trámite para suprimir esa distinción, a fin de que “toda la judicatura, excepto quienes integran el Tribunal Supremo, constituya una sola categoría, pudiendo cubrirse cualquier plaza conforme a las normas legales que disciplinan los concursos de traslados”.
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