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Igualdad sobre la ley ‘solo sí es sí’: “El Código Penal nunca ha servido para proteger a las mujeres”

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Insiste en que la reforma es requiere una “especialización diferente” porque se ha cambiado el esquema

MADRID, 21 (EUROPA PRESS)

El Ministerio de Igualdad ha señalado este lunes que el debate en torno a la Ley de Garantías de la Libertad Sexual, conocida como Ley ‘solo sí es sí’, que el “Código Penal nunca ha servido para proteger a las mujeres”. Así lo ha puesto de manifiesto la delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, que en todo caso ha asegurado, que los han mejorado “muchísimo” con la Ley.

“El Código Penal nunca ha servido para proteger los derechos de las mujeres. No lo despreciamos, pero lo hemos mejorado muchísimo”, ha declarado.

“Los agresores ya iban a la cárcel con el anterior Código Penal, lo que es una novedad con la nueva norma son los derechos que se despliegan para ellas”, ha apuntado Rodríguez. La secretaria de Estado ha apuntado que, antes de la llegada del ‘solo sí es sí’, una mujer violada podía ver como su agresor entraba en prisión “14 o 16 años” pero ella no tenía garantizada “la asistencia psicológica”. “Puede que en algunos casos hubiera justicia y verdad, pero no había reparación”, ha declarado.

Además, Rosell ha recalcado que los casos revisados son “poquísimos” en comparación con aquellos que no se están mirando y ha lamentado que se está “creando ese miedo a las mujeres que han conseguido su sentencia” con la ley anterior y que, según ha explicado, si hubieran sufrido ese delito después del 7 de octubre, con la Ley ‘solo sí es sí’ ya en vigor, “hubieran tenido muchísimas mejor protección, punitiva e integral”.

Además, ha lamentado la “alarma social” que pueden estar creando las informaciones hechas públicas acerca de que el abogado de ‘La Manada’ ha solicitado la revisión de pena de uno de los acusados.

Rosell ha recordado que este abogado ejerció una “defensa mediática” de sus clientes llegando a “insultar” a parte del Ministerio de Igualdad y también ha apuntado que, en su día, pidió la absolución de los, después, condenados por violación en Pamplona. En este sentido ha llamado a diferenciar entre casos en revisión con sentencia firme, casos de apelación y casación o casos en los que los abogados “lo están intentando”. Estos profesionales, ha recordado Rosell, “no tienen poder de decisión, solo de petición”.

En todo caso, Rodríguez ha insistido en que el debate “no está en las penas” que recogía el Código Penal en materia de violencia sexual, sino el hecho de que “una mujer dijera que ‘no’ y aún así hubiera una agresión sexual”.

La secretaria de Estado de Igualdad, Ángela Rodríguez, ha explicado a los medios que, para el Ministerio, el problema que había en el Código Penal en materia de violencias sexuales eran “las pocas herramientas” que tenían los jueces para determinar “qué comportamientos eran punibles y sancionables”.

Es por eso que, según ha declarado, la redacción de la norma buscó “estirar por un lado” e incluir aquellos comportamientos que, a su juicio, debían ser castigados y “afinar las estrategias para que esto fuera posible”.

“El debate no es más o menos penas, es un cambio de esquema”, ha declarado Rodríguez, antes de apuntar que este “cambio de paradigma” tiene que ver con que “probar el consentimiento” de la víctima es “más importante que probar la existencia de violencia e intimidación”.

Pero, a su juicio, lo que sí se necesita con esta reforma del Código Penal es una “especialización diferente”. “No es nada negativo, es una obviedad”, ha apuntado, para indicar que la nueva propuesta de “cambio de esquema” tiene una “forma diferente de contemplar las conductas sancionables” e incluye “algunas nuevas”.


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