MADRID, 23 (SERVIMEDIA)
Los investigadores de la Fundación de Estudios de Economía Aplicada Javier Lahera y Javier Lahera mostraron este jueves sus reservas a que se reforme el despido para establecer indemnizaciones variables en función de las circunstancias de cada persona, dado que afectaría a las empresas y al mercado laboral, especialmente a las pymes, a quienes según Jansen les provocaría un “dolor de cabeza”.
Jansen y Lahera debatieron sobre el despido en España en un diálogo organizado por Fedea este jueves, en el que Jansen pidió que se dé “seguridad” a las dos partes (empresas y trabajadores), al tiempo que demandó que la “agenda del Gobierno” debería más centrarse en reforzar las políticas activas de empleo.
Además, ambos economistas recordaron que en la negociación de la reforma laboral de 2021 CEOE y sindicatos realizaron un “intercambio de cromos” en los que se pactó dejar fuera la reforma del despido, lo que Lahera juzgó de “éxito”. “Me extraña que en el marco de este éxito se estén incorporando algunas ideas que pudieran desestabilizar”, aseveró.
Cabe recordar que en diciembre de 2024 se dio a conocer una sentencia del alto tribunal en la que establece que un juez no puede aumentar, vía sentencia, el tope máximo de la indemnización por despido improcedente recogido en la legislación laboral española (33 días por año trabajado), en contra de lo que defienden los sindicatos y la propia ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz. Abogan por reformar la ley para incluir indemnizaciones variables en función de las circunstancias personales y familiares del empleado despedido para dar cumplimiento a los mandatos del Comité Europeo de Derechos Sociales.
CERTIDUMBRE
Javier Lahera destacó que el sistema actual da “certidumbre” y facilita las posibilidades de alcanzar acuerdos entre empresarios y trabajadores. No obstante, reconoció que es “legítimo” que políticamente se intente modificar la legislación, aunque discrepó de esa tesis.
Este argumento fue reforzado por Marcel Jansen afirmando que unas indemnizaciones más elevadas podrían ser un “dolor de cabeza” para las pequeñas y medianas empresas sobre todo, porque las grandes tienen más posibilidades de provisionar fondos. También discrepó de una propuesta de UGT que plantea que la indemnización mínima sea de seis meses de salario del trabajador para evitar la situación de precariedad por riesgo de despido al que se ven sometidos los trabajadores de menos antigüedad.
Lahera reconoció que sí hay países con indemnizaciones mínimas, como Italia, Francia y Portugal, a lo que Jansen añadió que incorporar esa indemnización mínima, sin poder contratar temporalmente con la reforma laboral actual, incrementaría de forma “inmediata” de los costes laborales, lo que afectaría a la creación de empleo. “En un país que sigue teniendo una tasa de desempleo que duplica la media europea parece poco razonable”, repuso Jansen.
En cuanto al debate jurídico, Lahera dijo que la sentencia está “bien fundamentada” porque parte de que las normas internacionales “forman parte de nuestro ordenamiento jurídico” pero recordó que esta misma normativa internacional alude también directamente a las leyes nacionales de cada país. Asimismo, este economista defendió que ya hubo sentencias que avalaron la reforma laboral de 2012 en el marco internacional.
CREA DOCTRINA
Igualmente, el también catedrático de Derecho Laboral en la Universidad Complutense sostuvo que el Supremo, con esta sentencia, ha “creado ya una doctrina bastante sólida y bien fundamentada, que viene a asentar las condiciones del control de convencionalidad”, es decir, que “la norma sea de directa aplicación” y “autosuficiente”. No obstante, reconoció que existe debate y opiniones diferentes, con una posición acerca de que la sentencia “no resuelve el asunto” y “deja a los jueces a su criterio seguir aplicando” el artículo 24 de la Carta Social Europea con indemnizaciones diferentes a la establecida legalmente en España.
Esta cuestión, según Lahera, quedará resuelta si el Supremo se pronuncia próximamente en la misma línea cuando atienda el recurso de otro caso, lo que tendría como “consecuencia un repliegue” de los jueces que sí están apostando por indemnizaciones variables.
En este punto, Marcel Jansen advirtió de que “Europa tiene una patata caliente”, en tanto que tiene que realizar una “recomendación” a España a sabiendas de que la legislación vigente cumple el marco internacional.
Igualmente, subrayó que cuatro tribunales de otros tantos países ya se han “distanciado” de los pronunciamientos del Tribunal Europeo d Derechos Sociales y se preguntó: ¿Esto no nos dice nada?”.
POSICIÓN DE DÍAZ Y SINDICATOS
Cabe recordar que UGT primero, y después CCOO, presentaron una demanda colectiva contra el Estado español por el “bajo” coste del despido y porque este no es, a su juicio, lo suficientemente resarcitorio para el trabajador ni disuasivo para la empresa.
El Comité Europeo de Derechos Sociales atendió en una sentencia el pasado verano buena parte de las tesis de UGT y estableció que la regulación española del despido no protege suficientemente a los trabajadores. En noviembre, el Consejo Europeo también conminó a España a atender este requerimiento para cumplir adecuadamente la Carta Social Europea.
Tras la sentencia, los sindicatos explicaron que el pronunciamiento del TS “no zanja” el debate sobre la suficiencia de las indemnizaciones por despido en España, una cuestión que se basa en los pronunciamientos con relación a la Carta Social Europea que el alto tribunal, a su parecer, no analiza. Mostraron su “profundo respeto” a la Justicia, pero avisaron de que el ordenamiento jurídico español está vinculado a compromisos internacionales que deben ser “respetados” y “aplicados” en su integridad.
Por su parte, la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, se comprometió a que el despido se modifique en España para proteger adecuadamente a los trabajadores afectados, teniendo en cuenta sus circunstancias personales, y para que la indemnización sea realmente disuasoria para que las empresas eviten acudir al despido improcedente.
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