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Facua informa a los perjudicados por la incidencia en los trenes Madrid-Valencia que tienen derecho a presentar una reclamación

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MADRID, 24 (SERVIMEDIA)

Facua-Consumidores en Acción recordó este lunes a los 13.800 pasajeros perjudicados por la avería que este domingo afectó a la red de alta velocidad en la conexión de Madrid a Valencia que tienen “derecho a reclamar” a las tres operadoras, esto es Renfe, Iryo y Ouigo.

Así lo precisó en un comunicado en el que subrayó que está recibiendo “numerosas” consultas de pasajeros afectados y advirtió de que, tanto la operadora pública como las operadoras privadas que circulan por la red de ADIF “tienen obligación” de “cumplir”, entre otras normas, el Reglamento (UE) 2021/782 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2021, sobre los derechos y las obligaciones de los viajeros de ferrocarril y de “atender a los pasajeros por los retrasos y cancelaciones”.

A este respecto, puntualizó que las compañías “pudieron prever” en el momento de la salida de los trenes programados que los pasajeros “iban a sufrir un retraso de al menos 60 minutos”, por lo que estaban obligadas a ofrecer a todos los consumidores el reintegro del importe total del billete, la continuación del viaje en condiciones de transporte “comparables y lo antes posible”, o la continuación del viaje o la conducción por una vía alternativa, en condiciones de transporte “comparables”, en fecha posterior que “convenga al viajero”.

“Cuando no se hayan comunicado al viajero las posibilidades de conducción por una vía alternativa dentro de los 100 minutos siguientes a la salida prevista, el viajero tendrá derecho a celebrar dicho contrato con otros proveedores de ferrocarril, autocar o autobús”, agregó, para señalar que, en estos casos, la empresa ferroviaria “tiene la obligación de reembolsar al pasajero los costes derivados necesarios, adecuados y razonables”.

En paralelo, la organización recordó también a los pasajeros que, en el supuesto de que la empresa ferroviaria no haya reembolsado al consumidor el importe del billete del tren afectado, el viajero recibirá una indemnización que, “como mínimo”, será del 25% del precio del billete en caso de retraso de entre 60 y 119 minutos y del 50% del precio del billete en caso de retraso igual o superior a 120 minutos.

Por otro lado, la asociación informó de que, si el retraso es superior a 60 minutos, la empresa ferroviaria tiene que ofrecer gratuitamente comidas y refrigerios “en una medida adecuada al tiempo de espera”.

En el caso de que el consumidor requiera una estancia de una o más noches, la empresa ferroviaria deberá proporcionar también alojamiento en un hotel u otro lugar y transporte entre la estación de ferrocarril y el lugar de alojamiento.

En paralelo, Facua aseveró que todos los pasajeros que hubieran sufrido “daños y perjuicios” por el retraso de su transporte en tren como, por ejemplo, pérdidas de enlaces con otros medios de transporte, podrían exigir a ADIF como “responsable de la avería que ocasionó el retraso y cancelación de los desplazamientos previstos”, su “resarcimiento”, salvo que el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias “pudiera acreditar que lo acontecido se debió a un supuesto de fuerza mayor”.


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