MADRID, 08 (SERVIMEDIA)
Facua-Consumidores en Acción ha denunciado ante el Servicio de Espectáculos y Establecimientos Públicos de la Comunidad Valenciana a la organizadora del Festival Internacional de Benicàssim (FIB), Festival FIB AIE, por, a su juicio, “incurrir en un cúmulo de cláusulas abusivas” en las condiciones de contratación de las entradas y abonos para la edición de 2023 de este festival, que tiene previsto celebrarse del 13 al 16 de julio.
Así lo anunció este martes la asociación en un comunicado en el que explicó que ha podido comprobar que el festival cobra un extra de 10 euros más gastos de gestión a los asistentes que adquieran los diferentes abonos, cuyos precios oscilan entre 47,99 y 114,99 euros, si quieren poder entrar y salir del recinto durante el desarrollo del festival.
Este extra de ‘Reacceso’ tiene, además, “unos cupos limitados a cada precio”, por lo que, según la organización de consumidores, “ni siquiera todos los usuarios tendrán derecho a poder entrar y salir el recinto, aun cuando estuvieran dispuestos a pagar por ello”.
A este respecto, según Facua, Festival FIB AIE “podría estar incurriendo en una cláusula abusiva al limitar el reacceso sólo a aquellos usuarios que decidan pagar un coste extra” y, al mismo tiempo, “discriminando no sólo a los asistentes que no hayan abonado este precio, sino a los que, por adquirir el abono más adelante, no puedan hacerlo por haberse cubierto el cupo”.
“La organizadora no puede acogerse a motivos de seguridad o control del recinto, pues, en ese caso, la limitación de reacceder se extendería de forma general a todos los asistentes, y no sólo a aquellos que no hayan pagado por el “privilegio” de salir y entrar”, apostilló.
En este punto, subrayó que el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, señala que se considerarán cláusulas abusivas “todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquellas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato”.
OTRAS CLÁUSULAS
Para la organización de consumidores, esta no es la única cláusula “abusiva” en la que podría estar incurriendo el evento, dado que, ante una posible cancelación, la organizadora del FIB señala que “en ningún caso se devolverá el importe de las entradas si la cancelación se ha producido una vez comenzado el festival”.
La asociación recordó que, según el artículo 62 del Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, en caso de que la organizadora se viera “obligada a variar el orden, fecha, contenido o composición de un espectáculo”, quedará igualmente “obligada a devolver el importe de las localidades adquiridas al público que lo reclame”.
Del mismo modo, según el artículo 63 de la citada normativa los abonados de un evento tendrán derecho “a la devolución del dinero que hubiesen pagado por los espectáculos que no llegaran a celebrarse”, entre otros.
Por lo que respecta a la prohibición de acceder con alimentos del exterior, Facua explicó que, además de ser una cláusula “abusiva” en virtud del artículo 82 del Real Decreto 1/2007, “también va en contra de diferentes resoluciones de la administración”, como la Comisión de Cooperación de Consumo o la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición.
Por todo ello, Facua urgió al Servicio de Espectáculos y Establecimientos Públicos de la Comunidad Valenciana a que investigue los hechos e inicie el correspondiente expediente sancionador.
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