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Este verano, más de un millón de pasajeros aéreos tienen derecho a indemnización por retrasos en los aeropuertos españoles

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MADRID, 11 (SERVIMEDIA)

Más de un millón de pasajeros aéreos tienen derecho a recibir una indemnización por retrasos este verano en los aeropuertos españoles. Además, teniendo en cuenta que a nivel mundial hay casi 13 millones de personas que tienen derecho a compensación por un viaje programado durante la época estival, el 8,6% sería de retrasos y cancelaciones originados en aeródromos nacionales.

Así lo precisó este miércoles la empresa tecnológica de viajes y defensa de los derechos de los pasajeros aéreos AirHelp en un comunicado en el que explicó que más de 42 millones de personas cogieron un vuelo desde los aeropuertos nacionales, lo que supone un aumento de viajeros de más del 15% respecto al 2023, cuando volaron casi 36 millones de pasajeros.

Asimismo, según los datos de AirHelp, las tasas de interrupciones en los vuelos también se han incrementado, pasando del 28% en 2023 a más del 32% en el verano de 2024. De ellos, más de un millón de pasajeros tendrían derecho a una compensación económica según las distintas normativas de derechos de los pasajeros y, de ellos, 870.000 aproximadamente obtendrían una indemnización en virtud de la normativa europea CE261 y UK261.

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“Teniendo en cuenta que a nivel mundial hay casi 13 millones de personas que tienen derecho a indemnización por un viaje programado durante el verano, el 8,6% sería de retrasos y cancelaciones originados en aeropuertos españoles”, abundó la compañía, al tiempo que advirtió de que el 80% de los pasajeros “no conoce sus derechos cuando vuela” y, por tanto, “también podría estar perdiendo la compensación que le corresponde”.

DERECHOS

A este respecto, recordó que, al cancelarse el vuelo o denegar al pasajero su embarque en el avión, las aerolíneas deben facilitar un vuelo alternativo que el cliente puede rechazar en caso de que no desee continuar con su viaje y pedir la devolución del importe completo del billete.

Según la normativa europea de derechos de los pasajeros, a aquellos que sufran estas interrupciones les corresponde una indemnización adicional en caso de retrasos de más de tres horas en llegada a destino, cancelaciones sin aviso previo antes de los 14 días anteriores de la fecha de salida y aquellos pasajeros a los que se deniegue el embarque por overbooking provocado por la aerolínea.

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La cuantía de esta compensación se basa en la distancia recorrida por el vuelo y es de 600 euros para vuelos de más de 3.500 kilómetros, 400 para vuelos dentro de la UE que recorran entre 1.500 y 3.500 kilómetros y 250 para vuelos de menos de 1.500 kilómetros de trayecto. La reclamación para la obtención de esta compensación económica puede realizarse con carácter retroactivo hasta tres años después de la fecha de vuelo.


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