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España logra dos laudos por recortes a las energías renovables debido a la carencia de jurisdicción de los tribunales arbitrales

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MADRID, 14 (EUROPA PRESS)

El Gobierno de España ha sumado dos laudos arbitrales favorables en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (Ciadi), dependiente del Banco Mundial, en los que por primera vez se reconoce la prevalencia del derecho comunitario y la falta de competencia de los tribunales arbitrales para juzgar disputas de inversión en el marco europeo, en la pugna por los recortes a las primas de las renovables.

En estos laudos, que se dictaron el pasado viernes, los tribunales arbitrales apreciaron que no tenían jurisdicción para conocer sobre disputas de inversión entre inversores de la UE y España, informó el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Los inversores en cuestión eran Sapec, sociedad domiciliada en Bélgica, y European Solar Farms A/S (ESF), constituida con arreglo a las leyes de Dinamarca.

Es la primera vez que tribunales arbitrales del Ciadi aprecian la falta de jurisdicción para conocer de disputas de inversión puramente europeas.

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Los laudos, con razonamientos muy similares, señalan que el Tratado sobre la Carta de la Energía (TCE) tiene el significado propugnado por España y la Comisión Europea, según el cual la participación de la UE en el TCE, como organización regional de interés económico, introdujo en su ámbito de aplicación la supremacía del Derecho de la UE en el ámbito de las competencias transferidas por los Estados miembros a la UE.

RECLAMACIONES DE 72 MILLONES.

En total, los inversores reclamaban más de 72 millones de euros de indemnización y más de ocho millones en costas. En el caso de Sapec, la cuantía reclamada ascendía a 27,4 millones más intereses y casi cuatro millones en costas, y en el caso de ESF, los inversores solicitaban una indemnización de 45,1 millones más intereses y más de cuatro millones en costas.

En estos procedimientos España ha estado representada y defendida por la Abogacía del Estado (Departamento de Arbitrajes Internacionales).

El Ministerio destacó que estos dos laudos “se suman a la tendencia ya iniciada por el tribunal constituido bajo las reglas de la Cámara de Comercio de Estocolmo SCC en el caso GreenPower contra el Reino España, el cual declaró por primera vez la falta de jurisdicción para conocer de disputas intra-UE bajo el TCE, y cierran el debate sobre supuestas distinciones de tratamiento entre los tribunales constituidos bajo las reglas Ciadi y las reglas de dicha Cámara”.

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Hasta la fecha, España también ha conseguido anular ante los tribunales suecos tres laudos en los que los tribunales arbitrales apreciaron de manera errónea su jurisdicción para conocer de disputas de inversión europeas.


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