MADRID, 3 (EUROPA PRESS)
El primer Convenio Colectivo Estatal de Empresas Organizadoras de Eventos ha entrado en vigor desde el pasado 1 de enero de 2025, que afecta a más de 5.000 trabajadores del sector y tendrá vigencia entre 2025 y 2027, contemplando una jornada laboral de 37,5 horas semanales para 2027, así como un complemento de flexibilidad para las jornadas irregulares que llegará al 10% en ese año.
Este convenio, resultado de un año y medio de negociaciones entre la patronal Aevea, la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras (FSC-CCOO) y la Federación Estatal de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT (FESMC-UGT), será de obligatoria aplicación en todo el territorio nacional a la actividad de agencias y/o empresas organizadoras de eventos corporativos e institucionales, y describe los grupos profesionales y sus funciones, además de ordenar y fijar la jornada de trabajo en el sector.
Debido a la particularidad de la organización de eventos, este novedoso marco jurídico laboral recoge la distribución irregular de la jornada, que supondrá la posibilidad de flexibilizarla de acuerdo a las necesidades del sector, con lo que implementa un complemento de flexibilidad, que se abonará mensualmente a razón de un 5% del salario base mensual en 2025, un 7,5% en 2026 y un 10% en 2027.
Así, se podrá adaptar la jornada laboral al volumen de trabajo en las empresas, estableciendo límites semanales, mensuales y trimestrales.
En concreto, el nuevo convenio colectivo fija para 2025 una jornada semanal de 38,5 horas; en 2026 de 38 horas y de 37,5 horas a la semana en 2027.
Sobre los incrementos salariales que percibirán los profesionales del sector durante los años de vigencia del convenio, en el BOE se establece una cuantía del 2% en 2026 sobre el salario base de 2025, y se aplicará la misma medida en 2027 en referencia a 2026.
Hasta la entrada en vigor de un nuevo convenio (posterior a 2027), el salario base se revalorizará, al menos, con la cuantía correspondiente a la variación interanual del IPC de diciembre del año anterior, con un límite de un incremento mínimo anual del 1% y un máximo del 3%.
El nuevo Convenio Colectivo de Empresas Organizadoras de Eventos tendrá vigencia durante 2025, 2026 y 2027, y, a partir del fin del periodo, el convenio se entenderá prorrogado de año en año, en caso de que no se denunciara por cualquiera de las partes “legitimadas”.
En cuanto a las empresas afectadas, dispondrán de un plazo máximo de seis meses para llevar a cabo su adaptación desde la publicación del convenio en el BOE, aunque en lo relativo a la estructura y condiciones salariales, las compañías deberán aplicarlas con efectos retroactivos al 1 de enero de 2025.
El presidente de Aevea, César González, ha señalado que este convenio “llega en un momento de recuperación de la actividad y de buenas perspectivas de futuro y supone un avance histórico para la industria de los eventos y sus trabajadores”.
“Con un convenio propio, podremos marcarnos nuevos retos a nivel institucional, así como con otras organizaciones y entidades, para impulsar nuestro posicionamiento en el sector”, ha añadido González.
- Te recomendamos -