Para el 28-M podrán hacerlo quienes se apuntaron para las elecciones de 2019
MADRID, 27 (EUROPA PRESS)
El acuerdo firmado por los gobiernos de Reino Unido y España en enero de 2019 para que los españoles residentes en Reino Unido y los británicos que residen en España puedan seguir votando en las elecciones municipales en su localidad de residencia después del Brexit ha entrado en vigo este mes de marzo, en concreto el día 16.
Así consta en la edición de este lunes del Boletín Oficial del Estado (BOE), que precisa que la entrada en vigor se produjo al día siguiente a la fecha en la que se recibió la última notificación al respecto del cumplimiento de los trámites internos respectivos.
Hace cuatro años, los ejecutivos de ambos países firmaron este acuerdo bilateral para que los residentes puedan acudir a las urnas en las elecciones municipales en su localidad de residencia una vez consumada la salida, de la Unión Europea (UE), del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
En concreto, este acuerdo tiene como principal objetivo garantizar los derechos de sufragio activo y pasivo de los nacionales tanto del Reino Unido como de España tras la salida del Reino Unido de la UE.
El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (UE) establece el derecho al sufragio activo y pasivo en las elecciones al Parlamento Europeo y en las elecciones municipales del Estado en que residan, en las mismas condiciones que los nacionales de dicho estado.
Reino Unido no será el primer país de fuera de la UE cuyos nacionales pueden votar en las elecciones municipales en España –y viceversa–, dado que España tenía ya acuerdos, por ejemplo, con Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea del Sur, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú y Trinidad y Tobago.
TRES AÑOS DE RESIDENCIA
De cara a las próximas municipales del 28 de mayo, su articulado establece que los nacionales británicos deben tener un periodo de residencia legal e ininterrumpida de tres años. De este modo, podrán participar todos los nacionales británicos que estaban inscritos para las elecciones municipales del año 2019.
La convocatoria de las últimas elecciones municipales, celebradas en mayo de 2019, tanto en España como en Reino Unido suscitó la cuestión del sufragio activo y pasivo recíproco en dichas elecciones tras la salida efectiva del Reino Unido de la UE.
De esta forma, con este convenio se ha optado por garantizar el derecho de sufragio, tanto activo como pasivo, para evitar una reducción de los derechos de que actualmente disfrutan los ciudadanos británicos y españoles y preservar el ‘statu quo’.
Este es el primer tratado bilateral firmado por España que prevé el derecho al sufragio pasivo, ya que los otros doce acuerdos actualmente suscritos en esta materia sólo contemplan el derecho al sufragio activo.
En el texto se ha incluido un considerando en virtud del cual se garantiza la continuidad de los cargos electos locales británicos hasta finalizar su mandato, incluso después de producirse la salida del Reino Unido de la Unión Europea. En municipios españoles hay una treintena de concejales de nacionalidad británica.
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