El magistrado coincide con otra magistrada en su visión, pero cuenta con la oposición de la Fiscalía
MADRID, 17 (EUROPA PRESS)
La Sala Primera de la Audiencia Nacional (AN) ha acordado, mediante una resolución de la que ha sido ponente el magistrado José Ricardo de Prada, otorgar un permiso de tres días al etarra Gorka Martínez Ahedo, señalando que no es necesario obtener del interno una petición expresa de perdón a las víctimas de los delitos de terrorismo cometidos para que se le conceda.
Toma esta decisión, contraria al criterio de Fiscalía, respondiendo a un recurso de apelación presentado por la defensa del etarra tras la postura del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria de denegar ese permiso que había sido previamente aprobado por la Junta de Tratamiento del Centro Penitenciario de Basauri, donde cumple condena.
Tal y como recuerda el auto de la Sala Primera, al que ha tenido acceso Europa Press y que cuenta con el voto particular de su presidente Francisco Javier Vieira, el etarra se encuentra cumpliendo una pena de 30 años desde julio de 2002 por los delitos de asesinato, atentado y robo con violencia dentro del terrorismo. Señala que el 2 de agosto de 2023 cumple las tres cuartas partes de la pena y que en julio de 2028 habrá extinguido la condena.
Indica De Prada que Vigilancia Penitenciaria adopta su decisión de no conceder ese permiso esgrimiendo “la falta de petición de perdón expreso a las víctimas por parte del penado” tras analizar un texto del etarra en el que “no obstante” pone de manifiesto “el expreso arrepentimiento de su pasado terrorista, su reconocimiento del daño causado, la petición de disculpas a las víctimas, su pesar por sus actos y el arrepentimiento por no haberlo hecho explícito antes y haber alargado con ello el dolor de las víctimas”.
Tras esto, la Sala indica que debe considerarse el recurso de la defensa de Martínez Ahedo, representado por el abogado José María Matanzas –que fue condenado por formar parte del entorno etarra–, porque el interno está “a punto de entrar en el último cuarto de la condena y los técnicos penitenciarios aprecian el sentido favorable de los permisos penitenciarios” en ese estadio.
Recuerda que, además de ese permiso de tres días, ya le concedieron otro en junio de 2022 de seis días y ha podido realizar salidas programadas hasta su revocación “sin que conste ninguna incidencia ni efecto negativo”.
LA FALTA DE PERDÓN: “ABSOLUTAMENTE OPINABLE”
En cuanto a la falta de perdón a las víctimas, señala que “es absolutamente opinable que no se haya producido en los textos remitidos por el interno”. Ataca la tesis de que no haya usado “una específica fórmula de perdón” y considera que en este asunto choca “la visión sacramental del perdón versus la visión reflexiva y razonada del valor del perdón”.
El magistrado señala al respecto que en ningún caso esto puede imponerse a la evolución del interno que reflejan los informes de los psicólogos penitenciarios de abril de 2022 que dicen que reconoce el comportamiento delictivo y asume la responsabilidad personal.
“Es consciente del daño generado y su actitud delictiva ha ido evolucionando desde una lectura más general y sociopolítica a una más personal y humanizada, reflexionando de manera profunda sobre las consecuencias dañinas que sus acciones han tenido sobre las víctimas, con capacidad de empatía”, recoge el auto parafraseando el informe de los psicólogos del centro que aconsejaba la progresión a tercer grado.
Pero el juez no se queda en eso y añade que para conceder permisos “no es un requisito necesario” la petición expresa de perdón a las víctimas de su delito. Y dice que así se recoge en el artículo 72 de la Ley General Penitenciaria.
Al respecto, apunta que la ley recoge esa petición de perdón como una vía para acreditar el abandono de los fines y medios terroristas, pero no es la única vía porque también son suficientes los informes técnicos penitenciarios.
Así las cosas, da la razón a la Junta de Tratamiento de la prisión y considera que esos permisos ha de contribuir “de forma positiva a la evolución penitenciaria de un interno abiertamente proclive a este proceso, a su resocialización, manteniendo un contacto frecuente y ordenado con el exterior de la prisión”.
EL VOTO DISCREPANTE
A pesar de que la Sala acuerda dar luz verde al permiso penitenciario de Martínez Ahedo, uno de los tres magistrado, Francisco Javier Vieira, ha emitido voto discrepante indicando que a pesar del escrito del etarra, “similar al de otros condenados”, en los informes del centro penitenciario “nada se expresa sobre la desvinculación del interno del entorno de la banda criminal de la que formó parte”.
Señala que dado que no concurren los requisitos para concederle el tercer grado, a más de cinco años vista del cumplimiento total de la pena “no resulta urgente la preparación de la vida en libertad del interno”.
Cabe recordar que en junio de 2022 esta misma Sala ya consideró que el perdón “no es en absoluto un requisito legal” para conceder el permiso a un preso de ETA, sino un “indicativo” de una “buena evolución penitenciaria” que también puede deducirse de otros elementos.
Así se pronunció en un auto en el que ordenaba conceder un permiso de salida a Gorka Loran Lafourcade, miembro de la organización terrorista que cumple pena en el Centro Penitenciario de Álava (País Vasco) y que cuenta con una “valoración positiva” gracias a la observación diaria de su progresión y comportamiento.
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