Los magistrados han adoptado esta decisión por razones de agenda en la Sala de lo Penal
MADRID, 5 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Supremo (TS) ha acordado suspender por razones de agenda la vista que tenía prevista para el próximo 10 de enero para estudiar el recurso de apelación presentado por la exconsellera y eurodiputada de Junts Clara Ponsatí contra la decisión del instructor del ‘procés’, Pablo Llarena, de ponerla en libertad tras su primera detención en Barcelona.
En una providencia dictada este martes, la Sala de lo Penal ha explicado que ha adoptado esta decisión “atendiendo al trato preferente de otros señalamientos” que tienen pendientes. Según las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, el tribunal de apelación estará conformado por los magistrados Vicente Magro, Eduardo de Porres y Susana Polo, ésta última como ponente.
Ponsatí, procesada por un delito de desobediencia por el 1-O, ha vuelto a impugnar este auto del 28 de marzo, no por la puesta en libertad en sí misma, sino cuestionando la naturaleza delictiva de los hechos que se le imputan, así como la competencia e imparcialidad del Tribunal Supremo y Llarena, entre otras cosas.
La exconsellera ya recurrió esta resolución judicial en reforma, es decir, ante el propio Llarena, pero éste rechazó su impugnación el pasado 21 de junio, de ahí que acuda ahora a la fase de apelación.
Los hechos se remontan al 28 de marzo, cuando Ponsatí se presentó en Barcelona desoyendo su obligación de comparecer ante el alto tribunal, precisamente, para poder efectuar la declaración indagatoria con la que comunicarle su procesamiento por el 1-O.
Ese día, tras ser detenida por los Mossos d’Esquadra y llevada ante un juzgado de guardia de la ciudad condal, en virtud de la orden de detención nacional que tenía vigente, Llarena acordó dejarla en libertad y citarla para el 24 de abril. Pero llegadas las 11.00 horas de ese día no se presentó en el Supremo alegando que tenía trabajo en la Eurocámara.
Llarena entendió que sus tareas en la Eurocámara “no son sino la excusa frente a una nueva desatención de sus obligaciones procesales”, que le reprochó desatender “voluntaria e injustificadamente”, por lo que volvió a dictar orden de detención nacional en su contra.
En virtud de la misma, volvió a ser detenida el 24 de julio, después de que ella misma anunciara en sus redes sociales que se encontraba en Barcelona. En esta ocasión, prestó declaración indagatoria en los juzgados de la ciudad condal, lo que permitió que Llarena concluyera el sumario.
DELITO SIN CÁRCEL
El horizonte penal de Ponsatí se despejó tras la entrada en vigor el 12 de enero de la reforma penal que derogó la sedición y modificó la malversación, obligando a Llarena a revisar el procesamiento de los políticos residentes en el extranjero tras el 1-O.
Hasta ese momento, la exconsellera estaba procesada por sedición, por lo que la desaparición de este delito –penado con entre 10 y 15 años de cárcel e inhabilitación– propició que el magistrado lo sustituyera por el de desobediencia, castigado con multa de 3 a 12 meses e inhabilitación de 6 meses a 2 años.
Aunque tanto Fiscalía como Abogacía del Estado solicitaron al instructor que sumara el nuevo delito de desórdenes públicos agravados, con penas de 3 a 5 años de cárcel y 6 a 8 de inhabilitación, Llarena lo descartó.
Así las cosas, las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press indican que el camino a recorrer por Ponsatí es similar al que ya siguieron ante el Supremo la exdiputada de la CUP en el Parlament Anna Gabriel y la exconsellera Meritxell Serret. Tras regresar de Suiza y Bélgica, respectivamente, prestaron declaración ante Llarena y éste las dejó libres para después poner fin a la investigación y avanzar a juicio.
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