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El Tribunal Supremo ratifica la sentencia contra un individuo que provocó un incendio en la vivienda familiar, resultando en la muerte de la gata, tras una discusión con su pareja

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Dice que actuó “como medio de presión” sobre la mujer siendo consciente del “peligro” que provocaba

MADRID, 26 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a más de 8 años de cárcel por delitos de incendio, amenazas y maltrato animal para un hombre que, tras discutir con su pareja, prendió fuego a la casa familiar provocando la muerte de la gata que tenían como mascota, así como cuantiosos daños materiales, al considerar que era consciente del riesgo.

En una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Penal respalda los pronunciamientos de la Audiencia Provincial de Barcelona y del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que le condenaron a 7 años de cárcel por incendio, 10 meses por amenazas y otros 10 meses por maltrato animal, descartando su recurso de casación.

Según el relato de hechos probados, todo comenzó cuando en agosto de 2017 la pareja mantuvo una discusión por cuestiones personales que se inició en la calle y que el hombre quería que continuara en el domicilio familiar, algo a lo que ella se negó, lo que motivó que el condenado subiera a la casa quedándose únicamente en compañía del perro, Danko, y de la gata, Nala.

A partir de ese momento, se sucede una conversación de WhatsApp en la que el hombre lanza varios insultos y amenazas, tales como “sube o tiro la gata por la ventana” y “voy a quemarte el piso si no subes”.

Ante la reiterada negativa de ella a encontrarse con él en la casa común, el condenado dejó salir al perro y prendió fuego a un cojín de la habitación del hijo. Las llamas acabaron extendiéndose por la vivienda y, si bien los Bomberos lograron evacuar al propio hombre, la gata murió. El inmueble sufrió daños por valor de más de 24.500 euros.

TUVO QUE SER RESCATADO

El Supremo rechaza el recurso del hombre al entender, como los otros tribunales, que “hubo un riesgo claro”, ya que él mismo tuvo que ser rescatado por los Bomberos –“estaba semiinconsciente, medio colgado de la ventana”– y hospitalizado por la inhalación de humo, e incluso los vecinos “sin ser avisados” desalojaron el edificio de forma preventiva

Para los magistrados, resulta evidente “el peligro que generó”. “Prendió fuego intencionadamente (…), lo que implicaba aceptar el incendio y que el mismo podría propagarse por otras habitaciones de la casa y que, conociendo que estaba el animal en la vivienda, como ha quedado probado, e incluso anunciando la posibilidad de causarle un mal, aceptó que podría morir calcinado por el fuego o asfixiado por el humo, como así ocurrió”, zanjan.

El alto tribunal avala igualmente la pena impuesta, que el hombre combatía aduciendo que era excesiva. La sentencia, ponencia de la magistrada Susana Polo, resuelve que la condena “fue proporcionada” teniendo en cuenta “la gravedad del hecho, que tiene lugar en el domicilio familiar, en el ámbito de la violencia de género como medio de presión a su pareja sentimental”.


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